Sentencia

Condenado a quince meses de cárcel por distribuir archivos pedófilos desde Sevilla

Un agente de la Guardia Civil especializado en la lucha contra la pornografía infantil en las redes.

Un agente de la Guardia Civil especializado en la lucha contra la pornografía infantil en las redes. / Efe

La Audiencia de Sevilla ha impuesto un año y tres meses de cárcel a un hombre que tenía y distribuía material audiovisual de contenido pedófilo desde el ordenador de su domicilio. David F.N., de 38 años, se ha beneficiado de un acuerdo entre su abogado y la Fiscalía, que inicialmente pedía tres años de prisión para él por un delito de tenencia y distribución de pornografía infantil.

En una sentencia dictada el 3 de mayo, la Sección Tercera declara probado que, al menos entre el 22 de abril y el 5 de agosto de 2021, el acusado "procedió a descargar archivos con contenido sexualmente explícito de menores de edad" a través del equipo informático que tenía en su domicilio, en Sevilla capital.

La Policía registró su casa el 17 de junio de 2022 y en su ordenador halló los programas de descarga de archivos eMule y uTorrent. David F.N. "era sabedor de que tales programas eran idóneos para la obtención y puesta a disposición de otros usuarios de archivos de la temática y con nomenclatura pedófila como 'Pedo', '11 yo' (years old, años de edad) o 'PTHC' (preteenhardcore, sexo duro con preadolescentes)". El primero de los programas estaba activo y en ese momento se estaba descargando 183 archivos y compartiendo 129 ficheros con otros usuarios conectados a la red.

"En los archivos descargados en el periodo inicial, en los que estaba descargando y compartiendo en el momento de la entrada y registro y en el resto de los que tenía, almacenados en las subcarpetas que había creado en la zona de descargas, se pueden observar a personas menores manteniendo relaciones sexuales con mayores o con menores de edad", relata la sentencia.

Además de la pena de reclusión, la Audiencia condena al pedófilo con dos años de libertad vigilada una vez que cumpla su condena en la cárcel y tres años y tres meses de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier profesión o empleo relacionada con menores de edad.

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