El caso de 'la pará ' de Gines

Una jefa de servicio afirma que la excepcionalidad de la subvención la determinaba Presidencia

Antonio  Pradas

Antonio Pradas / Juan Carlos Vázquez

La jefa de servicio del Área de Presidencia, que ha comparecido como investigada por el caso de La Pará de Gines, ha indicado ante el juez José Ignacio Vilaplana, que las propuestas de subvenciones excepcionales como las utilizadas para este evento, se hacían conforme a las órdenes del gabinete de Presidencia de la Diputación.Es decir, se trataba de una decisión política. Por otro lado, según fuentes del caso, el jefe de Gabinete de Presidencia, Antonio Pradas, que declaró inmediatamente después y sólo respondió a preguntas de su abogado, las propuestas le llegaban redactadas desde la unidad administrativa de acuerdo con los protocolos establecidos. 

El juzgado de instrucción número 6 está investigando las presuntas irregularidades en torno a la organización sin papeles durante una década del evento denominado La Pará de Gines y la concesión de cuatro subvenciones por parte de la Diputación Provincial. Durante su declaración, la jefa de servicio, explicó que, desde el momento en el que el jefe de gabinete manda la orden para la subvención considerando el interés social, lleva el carácter excepcional marcado por el presidente. En este sentido, a preguntas del juez sobre quién considera ese interés, fuentes del caso explicaron que la respuesta fue el gabinete de presidencia, es decir, los órganos políticos de la Diputación. La funcionaria destacó que nunca le advirtieron de que la motivación de la propuesta era insuficiente y afirmó que la decisión era del jefe de gabinete de Presidencia

En esta sesión también comparecieron ante el juez el ex alcalde socialista de La Roda de Andalucía Manuel Silva por su papel como jefe de Relaciones con los Territorios de la Diputación y José Luis Rodríguez como vicesecretrario general de la entidad. Silva ha reconocido que existió una reunión entre el anterior alcalde de Gines, Manuel Camino, y Rodríguez Villalobos a partir de la cual llegan las subvenciones, según fuentes del caso. El ex alcalde de La Roda de Andalucía ha asegurado que estaba ajeno a lo que se decidía en el Gabinete de Presidencia

Cuatro subvenciones

En el auto, José Ignacio Vilaplana relata que estas subvenciones –de 6.000 euros cada una en los años 2007, 2009 y 2010, y de 4.000 en el año 2011– habrían sido concedidas "con omisión patente de los principios y procedimientos legalmente aplicables", según pusieron de manifiesto los peritos de la Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA).

Los peritos destacaron igualmente que no existe en el "expediente" administrativo documental alguna justificativa del carácter "singular" y "excepcional" de la ayuda, que fueron supuestamente otorgadas por razón de "interés público o social". Sin embargo, constan diversos documentos, como notas de régimen interno del jefe de gabinete de Presidencia, el ex diputado socialista Antonio Pradas dirigidas al secretario general de la Diputación que revelarían que ese carácter excepcional "habría sido así considerado y determinado por voluntad del presidente de la Diputación, Fernando Rodríguez Villalobos".

El juez añadía que tampoco existía un "plan estratégico donde se informe de los objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación de la subvención, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación”, como establece la ley general de Subvenciones.

Esas cuatro subvenciones, prosigue el juez, fueron concedidas para financiar el evento de La Pará que no era "nada excepcional, ya que el mismo es un evento ordinario, totalmente planificado en su organización y planificable en su administración y financiación y llevado a cabo de forma constante año tras año y en días determinado señalados con antelación".

Según la investigación policial realizada, esas ayudas se habrían dado "sin justificación del carácter excepcional de la correspondiente subvención y con omisión de presupuestos normativos esenciales para su otorgamiento, como son, entre otros, la existencia de informes del proyecto que contengan claramente delimitado y especificado el objeto, servicio o finalidad de interés público o social y que motiven las razones que justifiquen la dificultad de la correspondiente convocatoria pública e inexistencia de bases reguladoras a las que puedan acogerse los posibles interesados".

El juez concluye que no se puede considerar que existieran razones de urgencia o interés social o económico para justificar el carácter excepcional de la subvención cuando "reiteradamente se vienen concediendo subvenciones con el mismo objeto, finalidad y beneficiario”, puesto que habrían servido para financiar la organización y celebración de Una Pará en Gines en sus distintas ediciones con otras subvenciones públicas.

En la causa de La Pará se investigan en principio hasta seis delitos: prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, prevaricación urbanística, falsedad documental y tráfico de influencias.

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