Sucesiones

Ángel Serrano: "Hay una mayor tendencia a testar a favor del cónyuge en lugar de los hijos"

  • El notario ha intervenido en la Cátedra de Derecho Notarial Internacional Comparado de la UPO y el Colegio Notarial de Andalucía

El notario Ángel Serrano cuando recibió la cruz de San Raimundo de Peñafort

El notario Ángel Serrano cuando recibió la cruz de San Raimundo de Peñafort / M. G.

El notario de Barcelona Ángel Serrano de Nicolás ha participado en la Cátedra de Derecho Notarial Internacional y Comparado de la Facultad de Derecho de la Universidad Pablo de Olavide y el Colegio Notarial de Andalucía con la ponencia La función notarial en el Reglamento sucesorio europeo. La cátedra está dirigida por el profesor de la UPO Andrés Rodríguez Benot y cuenta como secretario con el profesor César Hornero Méndez.

El notario disertó, a través de videoconferencia en la que participaron casi 200 personas, sobre el Reglamento Sucesorio Europeo y el papel del notario como autoridad, además de su figura en la planificación de la herencia o en la ejecución de la ultima voluntad. 

El Reglamento garantiza que una sucesión transfronteriza sea tratada con arreglo a una ley única y por una sola autoridad. En principio, se aplica la ley del estado europeo en el que tiene su residencia habitual. No obstante, los ciudadanos pueden optar por que la ley aplicable a su sucesión sea la del Estado de su nacionalidad. Este reglamento evita procedimientos paralelos con resoluciones judiciales posiblemente contradictorias. Garantiza también que las resoluciones dictadas en un Estado miembro sean reconocidas en toda la Unión sin necesidad de un procedimiento especial.

"Entre los extranjeros residentes en España, suele ocurrir que los más mayores escogen aplicar en la sucesión la legislación de su país de origen, los más jóvenes o quienes se informan mejor, suelen ir a la del lugar de residencia habitual", explica Ángel Serrrano. 

En el momento de hacer el testamento, Serrano de Nicolás advierte que se puede elegir qué legislación aplicar. "Por este carácter universal del Reglamento, se puede aplicar cualquier ley en el momento de testar, incluso que no sea de la Unión Europea", asegura. 

Respecto al Certificado Sucesorio Europeo, el notario explica que aunque se va haciendo, "es más limitado". Implica que se tengan bienes en uno o más países y que "se quiera acreditar que ya se ha hecho la sucesión". 

Otro de los aspectos tratados durante la conferencia fue la figura del notario como autoridad. Ángel Serrano recordó que des de la Ley de Jurisdicción Voluntaria de 2015, en España "casi todo lo hace el notario en el ámbito sucesorio. De hecho, es raro que un asunto de este tipo acabe en los tribunales".

A la hora de testar, Serrano de Nicolás recomienda, en el caso de parejas de diferentes nacionalidades, que lo planifiquen porque esto permite "combinar bien las diferentes opciones teniendo en cuenta el régimen matrimonial". En este sentido, el notario comentó que existe una tendencia cada vez mayor en testar "a favor del cónyuge en lugar de dejar el legado a los hijos". 

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