Opinión

Un reto viral a la Justicia

  • El autor propone que, pese a la alarma por coronavirus, se reanuden por internet ciertas actividades judiciales que no requieren presencia física

Emilio G. Romero, en su despacho de la plaza de la Gavidia.

Emilio G. Romero, en su despacho de la plaza de la Gavidia. / José Ángel García

Tras los primeros días de impacto emocional y ante el cariz que van tomando los acontecimientos, es lógico que todos los colectivos se vayan posicionando sobre su incertidumbre profesional, aunque no se deba perder de vista que lo primero es la salud, la situación de nuestros contagiados y del personal sanitario, de servicios o seguridad que está arriesgando su integridad física por todos nosotros.

En esta coyuntura, poca atención suscita un colectivo al que se supone adinerado, pero que está integrado, en su inmensa mayoría, por pequeños bufetes o despachos unipersonales que viven casi al día. La casi eliminación de la vida judicial, salvo supuestos de urgencia, me ha sorprendido después de llevar más de seis años adaptando nuestra profesión a las comunicaciones telemáticas.

Uno puede entender medidas drásticas en un primer momento de incertidumbre, pero si esto se prolonga meses, y parece que va por ahí, espero que el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial estén pensando en reanudar en un futuro próximo algunas de las actividades judiciales no presenciales.

Es lógico que se suspendan las que implique comparecencia personal e incluso que la mayoría de los funcionarios, desde auxiliares a jueces, permanezcan en sus domicilios, pero no parece razonable suspender toda actividad laboral. Llevamos años realizando a distancia decenas de actuaciones judiciales por lo que, una vez que asimilemos este restringido modo de vida coyuntural, ¿por qué no vamos a poder presentar demandas, dictarse resoluciones de trámite o sentencias y autos sobre el fondo de asuntos que ya no requieren presencia de nadie?

Mi despacho puede funcionar perfectamente en el confinamiento y no acierto a entender por qué el otro lado del sistema, no. Con el nivel de desarrollo, implantación y experiencia de nuestro sistema informático judicial, no veo obstáculo para que se pueda presentar una demanda por internet, se incoe y el letrado de la administración de justicia la admita a trámite, paralizando su traslado hasta que se levante el estado de alarma. Se podrían enviar mandamientos de pago en línea y que los ciudadanos puedan ir a cobrarlos a los bancos porque el dinero, su dinero, les hace falta; cabe resolver los incidentes, piezas separadas o procesos que ya solo estaban pendientes de resolución final cuando se declaró el estado de alarma, y se podría notificar y recurrir por internet, como es ya habitual y obligatorio.

Los funcionarios de justicia podrían tener habilitados en poco tiempo herramientas y mecanismos de interactuación telemática entre ellos para estos trámites que se pueden iniciar, resolver o recurrir. Pueden ya teletrabajar como muchísimos de sus compañeros de otras administraciones públicas, por lo que parece razonable pedir que los informáticos y gabinetes técnicos del Ministerio de Justicia preparen herramientas y normas para que una de las actividades esenciales en defensa del ciudadano no quede paralizada sine die; reducida, sí, pero no paralizada.

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