Memoria Histórica

Las medallas de oro del franquismo llegan al TSJA

  • El hijo de José Utrera Molina reclama su derecho a recuperar la medalla de oro de Sevilla

  • Debate sobre el derecho de los hijos a restablecer la honorabilidad del padre fallecido

Entierro en 2017 de Utrera Molina en Nerja con su yerno, el ex ministro del PP Alberto Ruiz Gallardón, portando el féretro

Entierro en 2017 de Utrera Molina en Nerja con su yerno, el ex ministro del PP Alberto Ruiz Gallardón, portando el féretro

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla tiene ante sí un dilema jurídico: si el hijo de José Utrera Molina, ex gobernador civil de Sevilla y ex ministro en varios gobiernos de Franco, mantiene el derecho, una vez fallecido su padre, a seguir reclamando que se anule el acuerdo de la Diputación de Sevilla que le quitó la medalla de oro de la provincia.

La medalla le había sido concedida en 1969 y la Diputación de Sevilla acordó en 2016 retirársela por sus “responsabilidades políticas durante la dictadura franquista” y como artífice de la represión de “centenares de hombres y mujeres de la provincia de Sevilla”.

Utrera Molina falleció en 2017 y su hijo Luis Felipe Utrera-Molina se personó en el juzgado como su “sucesor procesal”. Luis Felipe es abogado de profesión y representa a la familia de Francisco Franco en el litigio por la retirada de sus restos del Valle de los Caídos.

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo 7 de Sevilla no admitió a trámite el recurso del hijo por entender que Luis Felipe carecía de legitimidad ya que estas distinciones “no se transmiten a terceras personas” y los herederos “no se ven afectados en su honorabilidad por su retirada”.

El juzgado, en un auto al que tuvo acceso este periódico, se basó en lo resuelto por el TSJA en caso similar: la decisión del Ayuntamiento de Sevilla de retirar la medalla de oro de la ciudad al general Antonio Castejón, primer militar que entró en Sevilla tras la sublevación franquista de julio de 1936.

En el caso de Castejón, el TSJA confirmó la decisión del juzgado porque esas distinciones son “personalísimas y vitalicias, por lo que se extinguen con la muerte del galardonado”. “La retirada de la condecoración, una vez fallecido el interesado, no produce efectos jurídicos vinculantes” y se trata únicamente de “una declaración de intenciones o acto político que no es revisable en la vía contencioso-administrativa”, dictaminó el alto tribunal.

La privación de la medalla fue un “caso emblemático de discurso de odio”

La diferencia, que ahora ha sido elevada al TSJA, es que Castejón murió en 1979 y le quitaron la medalla de oro en 2015, pero en el caso de Utrera Molina se vio “privado en vida de un reconocimiento, atacado en su dignidad e injustamente menospreciado” durante los cuatro meses que mediaron entre la retirada del reconocimiento y su fallecimiento.

El abogado de la familia Utrera Molina, José Manuel Sánchez del Águila, argumenta que “el acuerdo impugnado tuvo efectos jurídicos” como mínimo mientras vivía el destinatario y, en consecuencia, sus herederos “están en su legítimo derecho a que, al tratarse de un acuerdo nulo, se dicte una resolución por la que desaparezcan definitivamente sus efectos denigratorios”.

Sánchez del Águila aporta en su demanda sentencias del propio TSJA y del Tribunal Constitucional que avalan el derecho a la “sucesión procesal” para que “el transcurso del tiempo no perjudique a quien acudió al proceso por vulneración de sus derechos” y para que los herederos puedan “lavar el buen nombre y la honorabilidad” del afectado.

En cuando al fondo del asunto, Sánchez del Águila califica la retirada de la medalla de oro como “un caso emblemático de discurso del odio” y una “clamorosa desviación de poder” que además fue “perversa“.

Alega que el procedimiento de revisión de oficio “exige irremediablemente un dictamen previo del Consejo de Estado u órgano consultivo de la comunidad autónoma”, lo que no se produjo en este caso y “conlleva su nulidad de pleno derecho”.

El expediente “es nauseabundo, jurídicamente hablando” y “se basa en que a los políticos que forman parte de la Diputación no les parecen bien las ideas, sentimientos y lealtades de Utrera Molina”.

Según este argumento -añade su recurso- “habría que retirar a los entonces príncipes de España don Juan Carlos y doña Sofía las numerosísimas distinciones de ciudades y provincias que se les otorgaron por su activa participación en el régimen franquista”. Y añade: “no cabe participación más activa pues él era el sucesor del entonces jefe del Estado”.

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