caso de los ERE

Tercer juicio al 'sospechoso habitual' Antonio Fernández

El ex consejero de Empleo Antonio Fernández llega a la Audiencia. El ex consejero de Empleo Antonio Fernández llega a la Audiencia.

El ex consejero de Empleo Antonio Fernández llega a la Audiencia. / raúl caro / EFE

Escrito por

· Jorge Muñoz

Redactor jefe / Tribunales

Desde que se inició la investigación del caso de los ERE, la macrocausa ha contado con una suerte de sospechosos habituales, principalmente ex altos cargos que iban repitiéndose como investigados en las más de un centenar de piezas que forman el macroproceso. Esto fue así hasta que la Audiencia de Sevilla decidió a excluir del resto de juicios a todos los ex altos cargos que fueron enjuiciados en el denominado "procedimiento específico" o "pieza política" de los ERE. Pero a pesar de esa exclusión, se produjeron relevantes disfunciones que hicieron posible que, por ejemplo, el ex consejero de Empleo Antonio Fernández fuese juzgado y condenado por segunda vez por las ayudas concedidas a la empresa sevillana Aceitunas y Conservas (Acyco).

Esa segunda condena fue recurrida ante el Tribunal Supremo y es aquí donde se ha producido una nueva sorpresa, debido a que la Fiscalía del Alto Tribunal ha pedido la absolución tanto de Fernández como del ex director de Trabajo Juan Márquez, quienes fueron condenados a siete y cuatro años de cárcel, respectivamente, por las ayudas de 2,9 millones concedidas a Acyco.

Y para enredar más la situación, la Audiencia de Sevilla arrancará en julio un nuevo juicio de los ERE,  en relación con las ayudas que por importe de 2.340.137,38 euros recibió la empresa Surcolor-Surcolor Óptica en 2006 y en las que fueron incluidas dos intrusos, uno de los cuales es concuñado del que entonces era delegado provincial de Empleo en Sevilla Antonio Rivas. En este juicio que se celebrará en la Sección Tercera de la Audiencia vuelven a sentarse en el banquillo de los acusados ex altos cargos que ya fueron enjuiciados en la "pieza política".

La Fiscalía del Supremo ha pedido la absolución de Fernández en la pieza de Acyco

En concreto, el proceso se dirige contra el ex consejero de Empleo Antonio Fernández, el que fuera ex viceconsejero Agustín Barberá, los ex directores de Trabajo Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera, y el ex delegado de Empleo Antonio Rivas, así como al ex sindicalista y conseguidor de los ERE Juan Lanzas Fernández. Completan la lista dos representantes de Surcolor, dos directivos de la consultora Vitalia, que gestionó la póliza, un representante sindical de la empresa, un abogado, un testaferro de Lanzas, y los dos intrusos.

La Audiencia retrasa su decisión al juicio

Antes del inicio de la vista oral las defensas de Antonio Fernández y de Agustín Barbera -quienes están en prisión cumpliendo la condena por el primer juicio de los ERE- presentaron sendos escritos ante el tribunal en los que solicitaban ser apartados del juicio por las ayudas a Surcolor, en aplicación del principio legal "non bis in ídem".

La Sección Tercera ha dictado ahora un auto, con fecha 3 de mayo y al que ha tenido acceso este periódico, en el que no se ha pronunciado sobre la cuestión, sino que la "difiere" al trámite de las cuestiones previas que se han fijado al inicio de la vista oral, el próximo 10 de julio. Esto es precisamente lo que había solicitado la Fiscalía Anticorrupción, que entiende que es en ese trámite cuando resulta "procesalmente procedente plantear y elucidar la cuestión", mientras que la acusación popular solicitó que se rechazaran las peticiones de los acusados de ser apartados del juicio.

En el auto, la Audiencia comienza diciendo que "es cierto", como alega e fiscal y la acusación popular que el trámite específico para el planteamiento de este tipo de cuestiones es el de la "audiencia preliminar", por cuanto entre la deducción de los escritos de calificación de las partes y el acto del juicio lo único que cabe al órgano de enjuiciamiento es recepcionar las actuaciones, dictar el auto de admisión de pruebas y la resolución del señalamiento, "sin que esté previsto otro trámite distinto".

Sin embargo, precisa el tribunal, "la norma procesal no es un rito litúrgico de cumplimiento agónico, sino el vehículo para asegurar la igualdad y los derechos de las partes y la realización del Derecho", por lo que "no habría dificultar, en el seno de un procedimiento flexible como el abreviado, en resolver previamente a tal trámite una cuestión como la planteada, máxime cuando se trata del cese de dos personas en la situación de acusados con los inconvenientes que tal condición conlleva y en los que sería ocioso insistir".

Pero en este caso considera la Sala que existen varias causas que lo impiden: "cualquier incumplimiento de la norma procesal exige o una causa jurídicamente fundada que así lo autorice, lo que no es del caso, o el asenso de todas las partes, lo que no concurre en el caso de autos" y, en segundo lugar, "la interpretación que hacen los solicitantes acerca de las resoluciones que invocan no parece, sin entrar en el fondo del asunto, tan automática o indeclinable como la parte sugiere por cuanto la Sentencia del Tribunal Supremo 749/2022 de 13 de septiembre [la que confirmó la condena del "procedimiento específico"] aplicada al caso de autos podría motivar una conclusión distinta a la que postulan, repetimos sin que ello signifique la menor toma de postura de esta Sala sobre esta cuestión en este momento determinado".

La decisión del Alto Tribunal influirá en si debe sentarse o no de nuevo en el banquillo

El tribunal recuerda en este sentido que la sentencia dictada en el caso de las ayudas a Acyco fue recurrida ante el Supremo -donde la Fiscalía ha pedido la absolución- y señala que "como quiera que la interpretación de la trascendencia de tal resolución en el caso presente pudiera ser discutible y, sobre todo, como quiera que tal sentencia fue recurrida en casación por el referido acusado en base a esta cuestión es incuestionablemente prudente esperar la resolución del Alto Tribunal sobre este punto para poder resolver de forma debidamente coherente sobre lo que ambos acusados deprecan de este tribunal".

Y como formalmente la primera sesión del juicio por las ayudas a Surcolor no se celebrará hasta el 11 de septiembre próximo, la Audiencia explica que "si antes de esta última fecha el Tribunal Supremo ha dictado resolución" sobre el caso Acyco -en el que se planteó igualmente la exclusión de los ex altos cargos- procedería a adelantar su decisión sobre las cuestiones previas en un auto aparte "en interés de los propios acusados peticionarios".

De este auto se desprende que la decisión que adopte el Tribunal Supremo en el caso de Acyco se trasladará a la pieza de Surcolor, y si en aquel proceso los ex altos cargos son finalmente absueltos -como pide la Fiscalía del Alto Tribunal- serán excluidos del juicio de Surcolor.

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