Desamparo

Una madre rumana denuncia que la Junta le ha retirado a su hija de 14 años sin darle explicaciones

La madre rumana, con sus tres hijos, durante una visita a la menor que le han retirado provisionalmente.

La madre rumana, con sus tres hijos, durante una visita a la menor que le han retirado provisionalmente. / M. G.

Mioara Muresan, una madre rumana que lleva 17 años en España, ha denunciado que la Junta de Andalucía le ha retirado a su hija de 14 años sin haberle dado ninguna explicación. La consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad acordó el desamparo provisional el pasado 13 de febrero, día en el que funcionarios de la Administración y de la Policía se personaron en el Instituto de Enseñanza Secundaria donde estudia la menor y se la llevaron directamente a un centro de menores.

El abogado José Antonio Sires, del bufete Sires Abogados y que representa a la mujer, ha explicado a este periódico que la mujer se enteró de que le había retirado a su hija a través de su madre -abuela de la niña-, que vive en Rumanía y a la que las autoridades del país le comunicaron que se había decretado el desamparo provisional, puesto que, según el letrado, la resolución administrativa que inicia el proceso de desamparo "debió haber sido comunicada a su progenitora de manera inmediata, en un plazo máximo de 48 horas, como establece la normativa, pero ello no fue así".

El abogado ha explicado que se procedió a la retirada de la menor del Instituto sin tener la progenitora "noticias de la acción tan sumamente importante que se iba a llevar a cabo por decisión de la delegación de Inclusión Social", que ha valorado que la situación de desproteccion de la menor es grave, pero "ni sabemos a qué se refieren ni sabemos quién o quienes han presentado la denuncia para incoar el expediente"

El letrado ha añadido que Mioara Muresan, que tiene otros dos hijos de 11 y cuatro años -uno de ellos con una pareja sevillana-, se operó recientemente de un cáncer grave, por lo que estuvo durante un tiempo acogida en casa de una amiga. 

El abogado José Antonio Sires, que defiende a la madre. El abogado José Antonio Sires, que defiende a la madre.

El abogado José Antonio Sires, que defiende a la madre. / M. G.

La mujer recibió el día 20 de febrero una notificación de una carta certificada, que hasta el día siguiente no pudo recoger en correos, en la que se le indicaba en una nota escrita a bolígrafo y "prescindiendo de toda formalidad", lo siguiente: "Pásese a lo largo de la mañana por el Servicio de Protección de Menores". Esta  "notificación" fue firmada el mismo día que ya había sido retirada su hija menor del instituto.

La defensa de la madre ha presentado demanda civil ante el juzgado de Familia para oponerse a la resolución administrativa. De la misma forma, el abogado ha anunciado a este periodico que no descartan el ejercicio de "acciones penales y la práctica de determinadas diligencias de investigación que ayuden al esclarecimiento de los hechos y del control del procedimiento administrativo llevado a cabo" porque, insist, "no se sabe formalmente por qué le han quitado a la hija".

El letrado recuerda que la mujer, que es madre soltera, lleva muchos años en Sevilla y que cuenta con el apoyo de los vecinos.

La Junta defiende que se ha actuado "con todas las garantías legales y jurídicas"

Por su parte, desde la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Sevilla han indicado que el caso de esta madre se ha llevado a cabo "con todas las garantías legales y jurídicas, pero sobre todo primando la premisa de proteger el bienestar y protección de los menores".

Fuentes de la Consejería han recordado que las actuaciones de protección se rigen de acuerdo a unos criterios tasados y unos procedimientos reglados, de forma que las decisiones adoptadas "están revestidas de todas las garantías jurídicas y se adoptan contando, cuando ello sea posible, con la colaboración de la familia de origen de la persona menor".

En este caso, por parte de la citada Delegación Territorial se han efectuado todas las actuaciones tendentes a la consecución de la colaboración por parte de la progenitora "sin que las mismas hayan tenido un resultado positivo por razones que, en aras de las garantías del procedimiento, no procede trasladar". 

Así, tras las actuaciones efectuadas para garantizar la protección de la menor, la progenitora "ha tenido conocimiento por parte del Servicio de Protección de Menores de la situación en la que se encuentra, así como de los derechos que le asisten a la misma".

En todos los casos, las decisiones sobre protección se adoptan de acuerdo a "instrumentos técnicos, validados por profesionales, y procuran, en primer lugar, que la persona menor permanezca en su familia y su entorno y si esto no fuera adecuado, se adoptará la medida más adecuada que la proteja".

Por tanto, concluyen desde la delegación, "los actos acordados durante el procedimiento de desamparo son notificados a los progenitores de la persona menor, que tienen la posibilidad de impugnar los mismos". Además, se les da audiencia antes de la propuesta de resolución, para que efectúen las alegaciones y presenten la documentación que consideren oportuna, garantizándose de este modo su derecho a la defensa, no produciéndose en ningún caso indefensión de los interesados en el procedimiento.

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