Medio Ambiente

El TSJA anula la prórroga de 30 años de la mina de la Sierra de Esparteros

  • El Alto Tribunal andaluz anula dos resoluciones de la dirección general de minas del año 2014

Un avión se aproxima a la base de  Morón, con la Sierra  de  Esparteros  al fondo.

Un avión se aproxima a la base de Morón, con la Sierra de Esparteros al fondo. / juan carlos vázquez

minaLa Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente un recurso de Ecologistas en Acción y ha anulado la prórroga de la explotación minera de la Sierra de Esparteros, en Morón de la Frontera (Sevilla).

La sentencia, fechada el 17 de julio y a la que ha tenido acceso Efe, anula dos resoluciones de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de 19 de febrero y 17 de marzo de 2014, que otorgaban una prórroga de 30 años para esa explotación e invalida la de 18 de febrero de 2015 del entonces consejero andaluz de Economía, José Sánchez Maldonado, que desestimó tres recursos de alzada interpuestos por la asociación ecologista.

El TSJA, además, anula la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) favorable que firmó el 22 de octubre de 2013 el entonces delegado territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente. Según el Alto Tribunal andaluz, esas resoluciones ignoraron las conclusiones del informe de incompatibilidad urbanística del arquitecto municipal de Morón, fechado en abril de 2013.

"En ese informe quedaba meridianamente claro que las actividades extractivas proyectadas para la prórroga que solicitaba Sierra de Morón (Sidemosa) están prohibidas por el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) vigente en Morón, ya que la Sierra de Esparteros en su mayor parte es suelo no urbanizable de especial protección y conservación prioritaria", explica Ecologistas en Acción.

"Para el TSJA resulta evidente que ese nivel de protección urbanística es incompatible con la actividad extractiva de una cantera que destruye literalmente el suelo protegido", añade.

Según la sentencia, contra la que cabe recurso de casación, "la incidencia ambiental" de la actividad minera "obliga a priorizar los intereses generales vinculados con el derecho de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona y el mandato dirigido a los poderes públicos con el fin de velar por la utilización racional de todos los recursos naturales".

El fallo también recalca que "el título cuya prórroga se pretendía habilitaba la continuación de la actividad extractiva durante otros treinta años".

Ecologistas en Acción denuncia que el alcalde de Morón, Juan Manuel Rodríguez, "omitió remitir el importantísimo informe de incompatibilidad urbanística a las autoridades ambientales" y que estas tampoco lo tuvieron en cuenta "a pesar de que" la asociación "les trasladó copia hasta en cinco ocasiones".

"Esta regulación pone además de manifiesto la insuficiencia de la licencia municipal otorgada en 1991 o del resto de los documentos previos que no ponderaron la situación resultante de la misma", prosigue la Sala, lo que Ecologistas en Acción interpreta como que "todas las licencias municipales otorgadas a esta cantera siempre han sido ilegales".

"Queda ahora en manos de esos mismos poderes públicos poner fin a tantos años de ilegalidades y corruptelas y, mediante la ejecución de esta sentencia ejemplar, garantizar la especial protección y conservación prioritaria de la Sierra de Esparteros", concluye el grupo ecologista

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