Una maestra de 60 años consigue la jubilación por una Incapacidad Permanente Absoluta

Incapacidades

La Consejería de Educación y la Seguridad Social se habían opuesto a la concesión de la incapacidad porque consideraban que podía desarrollar trabajos más livianos

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Una maestra en un colegio, en una imagen de archivo.
Una maestra en un colegio, en una imagen de archivo. / Efe

Una maestra de 60 años ha conseguido que un juez le conceda una Incapacidad Permanente Absoluta (IPA) después de que en febrero de 2022 tanto la Consejería de Educación y Deporte (Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos) como el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se opusieran a la misma al entender que, aunque no podía continuar trabajando como docente, sí que podía desarrollar trabajos más livianos. Ahora, el juez ha reconocido su incapacidad por la "gravedad e irreversibilidad" de sus patologías traumatológicas.

La trabajadora, representada legalmente por el abogado laboralista Carlos Jiménez Bidón, de Jiménez Bidón Abogados, padece condropatía patelar grado IV en rodilla derecha, condomalacia rotiliana grado II, meniscopatía interna grado II, altralgias y mialgias generalizadas, IQ osteomelitis del hueso calcáneo izquierdo y liberación del nervio, IQ hernia discal L4-L5 y fusión de L-4S1, extracción hernia discal foraminal derecha L4-L5 moderada severa, radiculopatía subaguda L5 postganglionar, anemia crónica, troncateritis derecha, artrerosis generalizada, tendiditis hombro derecho, lumbociatalgia gonalgia derecha, escolisis y quiste Baker.

Como se puede ver, se trata de un cuadro polipatológico con enfermedades todas ellas degenerativas e irreversibles en su curación que "la inhabilitan por completo para toda profesión u oficio y no sólo para su profesión habitual de profesora como estimó el 17 de febrero de 2022 la Consejería de Educación y Deporte en base al informe del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).

Y es que, el EVI del INSS reconocía que la paciente estaba limitada para tareas que tuviese que estar de pie y andar mucho tiempo o con cargas sobre las lumbares. Aún así, consideraba que "la trabajadora sí podía realizar algún trabajo más residual ya que no les constaba que necesitara silla de ruedas o tuviera problema para estar sentada". Y la Administración se hizo eco de este veredicto por considerarlo imparcial al ser dictado por funcionarios públicos.

En cambio, en el informe pericial aportado por el letrado de la trabajadora Carlos Jiménez Bidón en el acto del juicio queda probado que "la paciente presenta un cuadro de gravedad con una raticulopatía severa unido a la afectación de los miembros inferiores y el hombro derecho tras una intervención quirúrgica por artrodesis. Necesita 2 bastones para caminar y no puede levantarse ni sentarse por sí sola. El tratamiento pautado por los especialistas es simplemente paliativo".

El abogado Carlos Jiménez Bidón, que ha representado a la maestra.
El abogado Carlos Jiménez Bidón, que ha representado a la maestra. / M. G.

Así, tras celebrarse el juicio, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla reconoce que el informe pericial presentado y defendido por el letrado de la trabajadora se ajusta más a la realidad vital, ya que expone de forma detallada los padecimientos y sus consecuencias en su día a día, tanto a nivel personal como laboral, que la inhabilitan para el desarrollo de cualquier actividad profesional: no puede estar mucho rato ni de pie ni sentada y necesita ayuda para caminar.

Por tanto, para el juez el informe pericial de la trabajadora constata que ésta no puede realizar ningún tipo de trabajo, estimando así el recurso de su abogado y reconociéndole el derecho a la jubilación por incapacidad laboral absoluta.

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