Sentencia

Despedido un peón de Lipasam por trabajar bebido y dañar dos coches con un vehículo municipal

Imagen de archivo de un vehículo de Lipasam.

Imagen de archivo de un vehículo de Lipasam. / M. G.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado el despido de un trabajador de Lipasam que perdió el puesto por causas disciplinarias tras ser sorprendido por la Policía Local en horas de servicio conduciendo un vehículo brigada con el doble de la tasa máxima de alcohol permitida al volante.

En una sentencia recogida por Europa Press, el TSJA desestima el recurso de suplicación del empleado contra el fallo previo del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla, que también rechazó su demanda inicial por despido contra la sociedad Limpieza Pública y Protección Ambiental (Lipasam), empresa para la que trabajaba como peón, a jornada completa y con carácter fijo discontinuo.

La relación laboral se extinguió el 26 de agosto de 2018 y Lipasam explicó en la carta de despido que el hombre "prestaba servicios de repaso de papeleras y puntos de contenedores" y cuando conducía por la calle Progreso un vehículo brigada marca Iveco Tecnova golpeó primero un Volkswagen Golf al que causó daños en el espejo retrovisor izquierdo y después un Volkswagen Transporter 1.9 al que provocó perjuicios en el mismo espejo y un "rozamiento en todo su lateral izquierdo".

"Síntomas evidentes de haber ingerido alcohol"

"Personados agentes de la Policía Local en el lugar de los hechos, observaron en el trabajador síntomas evidentes de haber ingerido alcohol, tales como ojos enrojecidos, olor a alcohol o tez muy enrojecida, motivo por el que el actor fue sometido a la prueba de alcoholemia", proseguía la carta de la empresa. Las pruebas determinaron unos resultados de 0,532 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en el primer test y 0,490 en el segundo.

En su recurso de suplicación, este extrabajador de Lipasam alegó que la sanción disciplinaria era "del todo excesiva y desproporcionada en relación al daño insuficiente y/o ausencia del daño a la empresa".

El TSJA, sin embargo, invoca el convenio colectivo de Lipasam y expone que hubo un "incumplimiento muy grave" por parte del empleado, que condujo ebrio en su trabajo en un vehículo cedido por la empresa y provocó "un accidente con daños". "La sentencia que desestimó su demanda por despido no infringió precepto legal ni jurisprudencia alguna", zanja el TSJA.

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