Sentencia por abusos

Nueve años de cárcel por dejar embarazada a su hijastra minusválida

  • La joven sufría una minusvalía psíquica del 84% por un accidente de tráfico

  • Amenazaba a la víctima con ingresarla en un centro y no volver a ver a su madre

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha impuesto nueve años de cárcel a un hombre de 60 años que abusó sexualmente de su hijastra, que padecía una minusvalía psíquica del 84%,  durante seis meses con una frecuencia semanal. A consecuencia de las relaciones sexuales la joven se quedó embarazada y fue sometida a un aborto terapéutico, además de ver agravada su salud mental.

El acusado Julio A.F. se había casado siete años antes con la madre de la joven, que como consecuencia de un accidente de tráfico había sufrido un severo traumatismo craneoencefálico, estaba incapacitada judicialmente y tenía reconocido una minusvalía psíquica del 84%.

Su tutora legal era su hermana pero la joven, que entonces tenía 31 años, pasaban los fines de semana con su madre en el domicilio que ésta compartía con Julio en un pueblo de la provincia de Sevilla.

Según la sentencia facilitada a este periódico por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), entre los meses de octubre de 2016 y marzo de 2017, el procesado, conocedor del grado de minusvalía psíquica de la joven y “valiéndose de la especial relación de familiaridad que tenía con ella”, mantenía relaciones sexuales con ella en la planta superior de la vivienda, ya que la madre tenía la movilidad muy reducida y permanecía en la planta baja.

El acusado le daba a cambio tabaco y dinero y le advertía que no debía contar nada porque en caso contrario la ingresarían en un centro y no podría volver a ver a su madre.

A consecuencia de los abusos, la víctima sufrió una fisura anal, quedó embarazada y fue sometida a una interrupción voluntaria del embarazo por intervención quirúrgica en abril de 2017 debido a las malformaciones del feto, cuando estaba en la semana 23 de gestación.

Asimismo el procesado le transmitió el virus del papiloma humano, por lo que la joven precisó de intervención médico-quirúrgica y además como consecuencia de los hechos empeoró su salud mental “ya previamente muy deteriorada" y tuvo que ser ingresada varias veces en la Unidad de Salud Mental de un hospital, según la sentencia.

Los jueces imponen al acusado nueve años de cárcel por un delito de abuso sexual continuado, junto a una prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante 17 años, libertad vigilada durante seis años y la imposibilidad de ser clasificado en tercer grado de tratamiento penitenciario hasta que haya cumplido al menos la mitad de la pena de prisión impuesta.

30.000 euros por una conducta “abominable y repulsiva”

La sentencia impone a Julio A.F. el pago de 30.000 euros de indemnización por los perjuicios morales derivados de un comportamiento “abominable, repulsivo y absolutamente reprochable”, aunque califica los hechos como abuso sexual y no agresión sexual, como hizo la Fiscalía para reclamar 14 años de prisión.

Explican que el acusado no empleó “violencia o intimidación” pero tampoco medió el consentimiento de la víctima para unos actos que “atentaron contra su libertad e indemnidad sexual” y que tenían lugar aproximadamente una vez por semana.

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