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Los sanitarios heroicos no están luchando solo contra el Covid: La Audiencia de Sevilla ha condenado a 16 años y medio de cárcel a un maltratador que intentó matar a su ex pareja, a la que apuñaló una veintena de veces, cinco de ellas en el tórax. La sentencia considera que la víctima salvó la vida “solo gracias a la decidida y afortunada intervención” de una cirujana cardíaca del Virgen del Rocío que se dio cuenta de que había sufrido una parada y, en el mismo pasillo del quirófano, le abrió el esternón, taponó las heridas con la mano y le dio masaje cardíaco directo.
La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia, a la que tuvo acceso este periódico, condena al acusado a 14 años de cárcel por un delito de asesinato en tentativa y a dos años y medio por un delito contra la intimidad, por robar el móvil a su ex pareja para ver sus fotos y conversaciones. La condena es por los mismos delitos que habían solicitado la Fiscalía y la acusación particular que ejerció la abogada Encarnación Ortega Escudero.
El acusado es el nicaragüense Francisco René C. A., en situación irregular en España, que mantuvo una relación sentimental estable de ocho años con la víctima, H. R. cuando ambos residían en su país.
En 2018 ella se trasladó a Sevilla, empezó a trabajar como cuidadora de dos mujeres en Gelves y al año siguiente lo hizo él. Aunque la mujer le dijo que no deseaba seguir viéndolo, él insistía en seguir haciéndolo y sospechaba que su ex pareja mantenía una nueva relación.
El 25 de julio de 2019, aprovechando un descuido de la mujer, el acusado se apoderó de su teléfono móvil y “le hizo creer que lo había perdido mientras hacía unas compras” pero movido por los celos “examinó y revisó los mensajes y fotografías que almacenaba”, en una de las cuales aparecía la mujer en actitud íntima con otro hombre.
Por ello Francisco René “trazó un plan para acabar con su vida” y el 26 de julio se presentó en la vivienda donde ella trabajaba con la disculpa de llevarle un móvil en sustitución del supuestamente extraviado.
Se introdujeron una de las habitaciones, el acusado aseguró el cierre de la puerta colocando una mesilla detrás de ella, empezó a reprochar a su ex pareja que le hubiera sido infiel y extrajo de su mochila “no el móvil, como creía ella, sino un cuchillo” de 11 centímetros con el que le propinó una veintena de puñaladas, la primera en el tórax a la altura del corazón al tiempo que le gritaba “te voy a matar”.
Cuando ella logró refugiarse bajo la cama, el acusado la arrastro fuera y continuó lanzándole puñaladas, una de ellas en una rodilla “con tal fuerza que llegó a romper la hoja del cuchillo”. Finalmente el acusado huyó cuando otra empleada de hogar y una de las señoras que vivían en la casa consiguieron abrir la puerta.
La sentencia de la Audiencia hace un relato estremecedor de la gravedad de las puñaladas, que “eran potencialmente mortales y en otras circunstancias habrían causado con seguridad la muerte de la víctima”. Pero se salvó gracias a que el hijo y la nuera de una de las ancianas llamaron inmediatamente a una ambulancia y “colocaron a la víctima de lado para que vomitara la sangre que le afluía a la boca”.
La agredida fue trasladada al hospital Virgen del Rocío, donde sufrió una parada cardiorespiratoria antes de entrar al quirófano. Entonces la cirujana cardiaca Encarnación G. C. tuvo una “rapidísima intervención” en la que tuvo que “realizar una esternotomía de emergencia y proceder a taponar con sus manos las heridas en el corazón que presentaba la víctima y a efectuar un masaje cardíaco directo sobre el músculo cardiaco, mientras se preparaba la intervención quirúrgica de urgencia”.
“Solo esta decidida y afortunada intervención evitó el desenlace fatal”, afirman los magistrados. Y añaden que la víctima “pudo salir de la parada respiratoria gracias a la enorme pericia y rapidez de los médicos que la atendieron y concretamente de la cirujana realizando masaje directamente en el corazón para que volviera a latir”.
El acusado cumplirá 14 años de cárcel por un delito de asesinato en tentativa con las agravantes de parentesco y de género y otros dos años y medio por un delito contra la intimidad. Tendrá prohibido acercarse a la víctima durante 20 años y su clasificación en tercer grado de tratamiento no se efectuará hasta el cumplimiento de la mitad de la pena de prisión, según la sentencia.
La condena incluye indemnizar a la víctima en 86.129 euros por las lesiones, secuelas, “perjuicio estético importante” que le han dejado las cicatrices y el daño moral sufrido.
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