Vehículos de movilidad personal (VMP)

La norma de patinetes de Sevilla necesita adaptarse a la nueva regulación nacional

  • Antes del 2 de enero Sevilla debe eliminar de su ordenanza la limitación de potencia a 250 vatios

  • Según la asociación de usuarios Ampes, cinco puntos de la norma sevillana se oponen a la regulación nacional

Un usuario de patinete eléctrico por la ronda histórica.

Un usuario de patinete eléctrico por la ronda histórica. / Juan Carlos Vázquez

La regulación estatal definitiva sobre los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal (VMP) que entra en vigor el próximo 2 de enero obliga al Ayuntamiento de Sevilla a adaptar la normativa local. Al ser una norma de rango superior estos cambios en los reglamentos de vehículos y de circulación (aprobados por Reales Decretos, BOE 11 de noviembre 2020) se imponen a disposiciones de igual o inferior rango.

Eduardo García, vicepresidente de Ampes, recalca que “en la normativa de Sevilla hay 5 puntos que hay que eliminar porque no tienen sentido"

Desde la asociación Ampes que agrupa a los usuarios de estos vehículos, su vicepresidente Eduardo García, informático de profesión, recalca que “en la normativa de Sevilla hay 5 puntos que hay que eliminar porque no tienen sentido. Se refieren a la descripción de estos vehículos, categorización, régimen de circulación, estacionamiento, régimen sancionador, disposiciones transitorias y anexos”.

A preguntas de este periódico, el Ayuntamiento responde que está en marcha un análisis jurídico de qué habría que adaptar, si bien “la mayor parte del contenido seguiría estando vigente”. Admite que cualquier aspecto de la ordenanza que contradiga la regulación estatal debe desaparecer.ç

Los cambios, según Ampes, deben ser en la descripción de estos vehículos, categorización, régimen de circulación, estacionamiento, régimen sancionador, disposiciones transitorias y anexos

Según el Ayuntamiento, la principal diferencia radica en que los VMP de potencia superior a 250w (vatios) podrían circular, pero precisa que “ello no implica que puedan hacerlo en carril bici, sino que a priori solo podrían hacerlo por calzada como cualquier otro vehículo. Por tanto, para circular por carril bici deberían de seguir cumpliendo las características de la ordenanza de circulación. En caso de sobrepasarlas deberían de hacerlo por calzada”.

Sobre la documentación que necesitan para circular, según el Consistorio, “dado que hasta que dentro de 2 años no entra en vigor, mientras tanto seguiría vigente la ordenanza municipal”. En 2021, DGT sacará el manual de características técnicas de los patinetes y demás vehículos de movilidad personal.

Ampes prepara una propuesta de adaptación de la norma de Sevilla para presentarla al gobierno local y a los grupos políticos con la esperanza de que sea tenida en cuenta para actuar con tiempo y que la Policía Local no multe a usuarios sin saber si las sanciones pueden prosperar o no.

Entre los principales puntos que hay que adaptar destacan la definición de vehículo de movilidad personal (la de Sevilla no contempla que pueda tener más de dos ruedas), eliminar las limitaciones de peso, potencia y velocidad que impone, y lo hace según cada tipo de VMP, una distinción que no existe en la norma nacional, donde tampoco se liga el uso de los segways al turismo, a diferencia de la norma de Sevilla.

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