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La tribuna

gerardo Ruiz Rico

Reformas constitucionales (I)

TRAS el reciente anuncio del Partido Popular sobre la posibilidad de aceptar algunas modificaciones en el texto de la vigente Constitución parece abrirse definitivamente la puerta a un nuevo proceso constituyente. Después de una legislatura en la que se había negado tajantemente, al fin se admite esa opción como fórmula para dar respuesta a la obsolescencia reconocible en algunos aspectos de nuestra norma fundamental. Si esa declaración de intenciones acaba siendo incorporada al programa electoral del partido hoy en el Gobierno, por fin habrá que "abrir el melón" de una reforma constitucional, cuyo alcance y profundidad quedarán subordinados -otra certeza previsible- a los resultados que puedan arrojar las próximas elecciones generales.

Con esta tímida, y por supuesto estratégica declaración, los ciudadanos de este país van a contar con un punto cardinal imprescindible para comprender la relevancia política que va a tener la legislatura que se avecina. Todos los actores están ya situados en un escenario común, donde se comparte la necesidad de acometer una actualización de la Constitución de 1978, cuyos perfiles concretos se irán delimitando en el marco de un debate que debe ser protagonizado no sólo por las formaciones políticas, sino también entre éstos y la sociedad civil.

Porque conviene recordar la pésima experiencia en este sentido de la última revisión de nuestra Carta Magna, cuando los dos partidos mayoritarios entonces (PSOE y PP), monopolizaron, de forma ilegítima en mi opinión -aunque correcta en términos de legalidad constitucional-, el proceso que daría lugar a una transcendental modificación de nuestro régimen constitucional; a través de un único precepto (el artículo 135) se hurtó a los demás partidos, y sobre todo al conjunto de la sociedad, la posibilidad de participar en una reforma que condiciona el presente y el futuro de nuestro Estado de bienestar, así como la calidad de vida del conjunto de los españoles; hubiera sido imprescindible consultar a éstos, mediante el correspondiente referéndum, si estaban de acuerdo o no con un cambio constitucional que implicaba tantas renuncias de derechos, de libertades y hasta de soberanía popular.

En esta ocasión será inexcusable, y en mi opinión además deseable, contar con las aportaciones que planteen los grupos políticos minoritarios, así como de los agentes sociales que también representan a amplios sectores de la ciudadanía. No sólo porque tienen la misma condición de representativos de intereses sociales, sino sobre todo porque -salvo que los magos de los sondeos se equivoquen- para alcanzar las mayorías superlativas que exige cualquiera de los procedimientos de reforma previstos en la Constitución, será imprescindible el consenso con aquéllos. El beneficio para el pluralismo y el consenso estará entonces asegurado.

A priori no existen límites materiales a este proceso constituyente. Nuestra norma fundamental no pone barreras a la voluntad de los españoles, manifestada a través de una mayoría cualificada en las Cortes y después en un referéndum constitucional. Resulta lógico, no obstante, imaginar que no será asumible una reivindicación en favor del derecho a la independencia o la secesión territorial; no creo que exista una colonia -salvo la de Gibraltar- dentro de España que justifique el reconocimiento de la autodeterminación. Aunque quizás sí, cabría proponer que se amplíen los límites y las funciones de un instrumento de democracia directa como es el referéndum, para autorizar la consulta que se reclama en Cataluña, y quizás después por el País vasco. En tal caso, también sería obvio reconocer ese mismo "derecho a decidir" al resto de los españoles.

Me preocupa en esta especie de etapa prólogo de la futura reforma constitucional los estudios de eminentes colegas que, sutilmente, están proponiendo el regreso a la asimetría territorial. Sin tener en cuenta, o acaso con un cierto temor a reconocer que Andalucía es un territorio dotado de una singularidad política, insoslayable ahora y en el futuro, derivada de un referéndum donde el pueblo andaluz señaló que no va a admitir diferencias de trato con otras regiones de España. Será necesario estar atentos entonces a que nadie pueda darnos "gato por liebre", por mucho espíritu federalizante que se defienda en las tribunas y los medios. El único federalismo que es posible en España nunca debería eludir el significado y las consecuencias que tiene el principio esencial de la igualdad territorial.

En materia de derechos hay mucho que decir para intentar "blindar" algunos que ya son fundamentales e irrenunciables para la sociedad. También aquí nuestra Constitución ha envejecido demasiado.

Existen pues espacios materiales en donde observo las coincidencias básicas entre las diversas reformas constitucionales anticipadas, en las cuales sería perfectamente viable un nuevo consenso constitucional.

Pero éstas son otras historias que necesitan una reflexión mayor y más detenida, que estaría dispuesto a exponer para contribuir al debate desde una instancia exclusivamente académica, jurídica y ante todo personal.

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