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La Audiencia aumenta los procesados y los delitos en el caso de la mina de Aznalcóllar

  • La Sección Séptima ordena a la juez instructora que dicte otro auto para procesar a catorce personas en vez de a nueve

La corta minera de Aznalcóllar.

La corta minera de Aznalcóllar. / Antonio Pizarro

La Audiencia de Sevilla ha ordenado a la jueza que investiga el concurso de la mina de Aznalcóllar que rectifique su auto de procesamiento y dicte otro para que catorce y no sólo nueve personas sean juzgadas por prevaricación, pero también por tráfico de influencias, fraude y malversación.

En dos autos dictados entre el 26 y el 27 de mayo a los que ha tenido acceso Efe, ambos firmes, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial estima parcialmente el recurso de Emérita Resources, que perdió el concurso, contra el auto dictado el pasado 8 de febrero por el Juzgado de Instrucción número 3 y desestima los de varias defensas que pedían el archivo de la causa.

En el primer auto, la Audiencia da "totalmente la razón" a Emérita y establece que el juicio no debe ser sólo por prevaricación, como estableció "indebidamente" la instructora, sino también por tráfico de influencias, fraude contra la Administración y malversación por gestión desleal.

"Esta ampliación abre la puerta a la condena a penas de prisión para los imputados", ha recordado el despacho de abogados Trajano XXV en un comunicado remitido a Efe.

La jueza limitó la investigación a la presunta prevaricación "desde el inicio", pero esa afirmación "entra en clara contradicción" con lo ordenado por la Sección Séptima el 26 de septiembre de 2019, cuando revocó el sobreseimiento de la causa y ordenó reabrirla al entender que había indicios de delito en la adjudicación de la explotación de la mina a Minorbis-México.

Tras concluir la instrucción, la Audiencia "sigue manteniendo" el mismo criterio excepto para el cohecho, delito sobre el que dicta el sobreseimiento de las actuaciones, y establece que debe ser en el juicio "donde se esclarezca si dichas conductas tienen entidad propia" o entran dentro de la prevaricación.

Así, respecto al tráfico de influencias, la Audiencia explica que los representantes de Magtel, dueños de Minorbis, se aprovecharon de su relación personal con Vicente Fernández, entonces secretario general de la Consejería de Innovación y después presidente de la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI).

Los hermanos Isidro y Mario López Magdaleno, dice la Sala, "habrían influido" en el alto cargo para que, "como superior" de la directora general de Minas y la mayor parte de la Mesa de Contratación y la Comisión Técnica, "influyese" en ellos para que "resolviesen el concurso en favor de Minorbis-México".

La ponente, la jueza Mercedes Alaya, destaca que otro "indicio" del "prevalimiento" de Fernández sería su "predicamento" en el PSOE, "que gobernó Andalucía durante más de 40 años en claro paralelismo con el supuesto enjuiciado en el caso Palau", como "razonablemente se puede inferir" de su "posterior ascenso" a interventor general de la Junta y luego "con extraordinaria proyección a nivel nacional a director de la SEPI".

Respecto al delito de malversación, "vendría determinado" por la elección de Minorbis-México a pesar de que "el criterio de selección (...) era el de la oferta económicamente más ventajosa" y la de Emérita ascendía a 641,5 millones, mientras que la otra "era inferior a la mitad".

Además, Emérita "se comprometía a aportar 375 millones en Andalucía para el desarrollo de su tejido industrial", mientras que la ganadora "sólo lo hacía con mejoras valoradas en 27 millones".

La Audiencia también ordena que sean procesados el secretario de la Mesa de Contratación y los miembros de la Comisión Técnica, estos últimos porque "influirían decisivamente" en la decisión de la Mesa y además elaboraron los criterios de valoración que "indiciariamente favorecerían" a Minorbis-México.

En el segundo auto, la Sala estima parcialmente el recurso de Fernández y ratifica que el auto de procesamiento no describe los hechos concretos por los que se lo va a juzgar, por lo que ordena a la jueza que redacte un nuevo escrito.

La jueza Alaya lamenta que la instructora haya "seguido manteniendo valoraciones ya revocadas" antes por la Audiencia, "lo cual contribuye a otorgar complejidad y dificultad a una tramitación de forma absolutamente innecesaria".

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