Hasta 2.400 euros para los negocios afectados por las obras de Altadis

El presupuesto para las ayudas es de 40.000 euros y los solicitantes tienen 15 días para presentar la documentación

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Los operarios trabajando en la calle Juan Sebastián Elcano.
Los operarios trabajando en la calle Juan Sebastián Elcano. / José Ángel García
R. Rocha

30 de agosto 2025 - 06:50

El Ayuntamiento publicó ayer en el Boletín Oficial de la Provincia la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al apoyo y mantenimiento de establecimientos afectados por la ejecución de obras en Calle Juan Sebastián Elcano. Están destinadas a las empresas que desarrollen su actividad económica en un establecimiento afectado por las obras, entre los números 4 y 26, y que acrediten tener empleados a menos de 10 personas con un volumen de negocios o un balance general anual que no supere los 2 millones de euros.

Si cumplen estos requisitos pueden acudir a la convocatoria de ayuda tanto las personas físicas como las jurídicas, tanto si es titular o arrendatario legal de un establecimiento siempre que esté en planta baja y a pie de calle, abierto al público de manera ininterrumpida desde, al menos, el 1 de diciembre de 2024, y hasta la fecha de la solicitud. Por supuesto, los solicitante deben tener todas las autorizaciones y licencias municipales correspondientes para el ejercicio de la actividad que desarrolla.

En caso de que el solicitante sea una comunidad de bienes deberá nombrarse una persona representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la comunidad de bienes.

El objetivo de estas ayudas es el “apoyo, mantenimiento y reactivación de establecimientos comerciales y de servicios ubicados en el área de afectación directa de las obras de infraestructura de movilidad”. También podrán acceder a estas ayudas los locales de las calles perpendiculares a Juan Sebastián Elcano (Virgen de Consolación, Virgen de Regla, Virgen de la Victoria y Virgen de Loreto y Virgen de Luján) con fachada a la calle Juan Sebastián Elcano.

La convocatoria está dotada con 40.000 euros y el importe máximo de subvención establecido es de 2.400 euros por beneficiario. Los solicitantes tienen 15 días para presentar la documentación necesaria. “Dada la naturaleza y el objeto de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, la justificación de la ayuda, en términos generales, se realiza con carácter previo a la concesión de la subvención, mediante la aportación de los documentos exigidos en el apartado 9.1, constituyendo la misma, la documentación justificativa de la subvención”, advierte el texto de la convocatoria.

Ayudas a los afectados por las obras de la Línea 3 del Metro

Por otro lado, también se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia la convocatoria pública de subvenciones para los establecimientos de la ciudad de Sevilla afectados por actuaciones de ejecución de obra de la Línea 3 de metro, concretamente en los tramos 1 y 2.

Pueden solicitarlas las empresas que desarrollen su actividad económica en un establecimiento afectado por las obras de infraestructura que, a fecha de presentación de solicitud, acrediten estar definidas como micro y pequeña empresa conforme y ocupen a menos de 20 personas, debiendo tener un volumen de negocios anual o un balance general anual que no supere los 10 millones de euros. En cuanto a su constitución pueden ser personas físicas o jurídicas. Los solicitantes, además de tener las licencias y autorizaciones correspondientes, deben ser propietarios titular o arrendatario legal de un establecimiento en planta baja y a pie de calle, abierto al público de manera ininterrumpida desde, al menos, un mes antes del inicio de las obras.

El Ayuntamiento ha dotado esta convocatoria de subvenciones con 68.300 euros y los solicitantes tendrán 15 días para presentar la documentación. Como en la anterior convocatoria, “la justificación de la ayuda, en términos generales, se realiza con carácter previo a la concesión de la subvención, mediante la aportación de los documentos, constituyendo la misma, la documentación justificativa de la subvención”.

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