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Ingresa en prisión el ex hermano mayor del Dulce Nombre de Bellavista

  • Alfonso Lozano es uno de los dos empresarios condenados a cuatro años por un fraude en la recogida de aceite.

  • El cofrade, que impulsó un gran comedor social, ha solicitado el indulto.

El ex hermano mayor del Dulce Nombre de Bellavista Alfonso Lozano.

El ex hermano mayor del Dulce Nombre de Bellavista Alfonso Lozano. / Juan Carlos Vázquez

Carlos Alfonso Lozano, ex hermano mayor del Dulce Nombre de Bellavista, ingresó la semana pasada en prisión para cumplir una condena de cuatro años y medio de prisión y el pago de una multa de un millón de euros por delitos de falsedad en documento mercantil y estafa, en relación con el destino de las subvenciones concedidas a la empresa Selosa Bioenergía -de la que era administrador solidario- para la recogida de aceites domésticos usados en la provincia de Sevilla.

El ingreso en prisión del cofrade se produjo después de que a finales de enero pasado el Tribunal Supremo confirmara íntegramente la sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, que condenó a Carlos Alfonso Lozano y al también administrador de la sociedad, Ángel Segura Morales. El tribunal no tuvo en cuenta la petición de indulto al Gobierno que ha planteado Carlos Alfonso Lozano, quien durante su etapa como hermano mayor del Dulce Nombre de Bellavista promovió uno de los grandes comedores sociales que hoy en día funcionan en la ciudad. Entre sus hitos también destaca el impulso a la coronación de la Virgen, algo que todavía está pendiente de la aprobación eclesiástica, y también se aprobó el carácter penitencial de la hermandad de Bellavista, por lo que puede afirmarse que Carlos Alfonso Lozano contribuyó a configurar la cofradía del Dulce Nombre de Bellavista tal como se la conoce hoy.

Los empresarios justificaron la colocación de 870 contenedores de aceite inexistentes

Además de solicitar el indulto al Ministerio de Justicia, Carlos Alfonso Lozano pretende que se le conceda la clasificación en tercer grado penitenciario, lo que le permitiría salir durante el día para realizar su cometido profesional y regresar a prisión sólo para pernoctar, todo ello hasta que cumpla dos tercios de la condena y pueda acceder a la libertad condicional.

Según la sentencia de la Audiencia de Sevilla, confirmada a finales de enero pasado por el Tribunal Supremo, los dos empresarios condenados recibieron de la Agencia Andaluza de la Energía una subvención de 564.536 euros para la recogida de aceites domésticos usados en la provincia de Sevilla, a través de la instalación en la provincia de Sevilla de 2.000 contenedores para el depósito de aceites vegetales y su posterior tratamiento destinado a la venta como materia prima a fábricas de producción de biodiésel andaluzas.

Para los magistrados, quedó demostrado que las facturas presentadas y los justificantes de su pago no se correspondían con la realidad y, a través de diferentes empresas, se llegó a facturar, por ejemplo, un total de 870 contenedores cuando en realidad no se había construido ninguno.

La sentencia recogía en sus hechos probados que Selosa Bioenergia, S.L., de la que ambos eran administradores solidarios, solicitó a la Agencia Andaluza de la Energía al amparo de la Orden de 11/05/2007 un incentivo para la recogida de aceites domésticos usados en la provincia de Sevilla, una solicitud que se basaba en una futura inversión de 1.904.000 euros para la instalación en la provincia de Sevilla de 2.000 contenedores para la recogida y depósito de aceites vegetales y su posterior tratamiento para la venta como materia prima a fábricas de producción de biodiésel. La ayuda estaba condicionada a que la venta del aceite fuese en plantas de biodiésel andaluzas.

La Agencia Andaluza de la Energía concedió en 2008 un incentivo a Selosa Bioenergía de 564.536 euros (el 29,65% de la inversión prevista), y en el expediente fijaba diversos plazos para la ejecución de la actividad. El tribunal señala que ambos acusados, "con ánimo de beneficiarse económicamente", el 17 de febrero de 2009 presentaron como justificación del primer plazo de ejecución las facturas por adquisición de 365 contenedores para recoger aceite, todas emitidas por Selosa Estructura y Medio Ambiente a cargo de Selosa Bioenergia, S.L., que totalizaban un supuesto gasto de 347.480 euros, por lo que como el incentivo era del 29,65% del gasto producido, la Agencia Andaluza de la Energía transfirió a la cuenta de Selosa Bioenergia, S.L. la cantidad de 103.027,82 euros el día 16 de julio de 2009.

Con fecha 31 de marzo de 2009 Selosa Bioenergia, S.L. presentó a otra factura por la adquisición de 185 contenedores para recoger aceite, emitida por Selosa Estructura y Medio Ambiente, S.L., por un importe de 176.120 euros, por la cual la Agencia Andaluza de la Energía no otorgó incentivo, por haber sido financiada mediante leasing.

Los días 15 de julio y 14 de agosto de 2009 Selosa Bioenergía, como justificación del segundo plazo de ejecución, presentó las facturas por adquisición de 692 contenedores para recoger aceite, emitidas por Selosa Estructura y Medio Ambiente; y las emitidas por Desarrollos Metálicos Tixe, S.L., por 405 contenedores, otros cinco contenedores, y diez contenedores, por un total (contenedores y cubetas) de 735.372,79 euros, por lo que admitidas por la Agencia Andaluza de la Energía, ésta transfirió a la cuenta de Selosa Bioenergia, la cantidad de 218.038,03 euros, el día 16 de noviembre de 2009.

El día 31 de marzo de 2011 Selosa Bioenergia, S.L., como justificación del tercer periodo de ejecución, presentó las facturas por adquisición de 240 contenedores, emitidas por Desarrollos Metálicos Tixe, que finalmente tras intentar requerir a Selosa Bioenergia, S.L. para que justificase las mismas, no fueron admitidas, por lo que no transfirió el último plazo del incentivo.

Sin embargo, "las facturas presentadas y los justificantes de su pago no se correspondían con la realidad, pues habían sido fingidas por los acusados de la siguiente forma: Selosa Estructura y Medio Ambiente, S.L., era una sociedad de la que era administrador único el acusado Carlos Alfonso Lozano; y desarrollos Metálicos Tixe, S.L., era una sociedad de la que era administrador de hecho el acusado Ángel Segura. Así, ambos empresarios emitieron las facturas enumeradas anteriormente, "que no se correspondían con la realidad".

Selosa Estructura y Medio Ambiente, S.L. sólo construyó un número no determinado de contenedores para recogida de aceites, "pero en ningún caso superior a 60 contenedores, aunque facturó un total de 612 contenedores".

Desarrollos Metálicos Tixe, S.L., que carecía de sede social y de trabajadores, no construyó ningún contenedor, pero facturó un total de 870 contenedores.

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