Resolución judicial

Un juez deniega una reclamación de 20.000 euros a la concejal popular Jáuregui

  • La edil alegaba que en su etapa en Urbanismo era personal indefinido no fijo, por lo que le tenía derecho a otro salario

La concejal Ana Jáuregui en una sesión plenaria.

La concejal Ana Jáuregui en una sesión plenaria. / D. S.

Un juez ha denegado una reclamación de 19.451 euros a la concejal popular Ana Jáuregui, que presentó una demanda contra el Ayuntamiento hace tres años al entender que en su etapa como trabajadora de la Gerencia de Urbanismo era personal laboral indefinido no fijo, por lo que tenía derecho a la percepción de salarios y restantes condiciones salariales en los términos establecidos en el convenio de aplicación para el personal laboral.

Por contra, el Ayuntamiento se opuso a la demanda alegando que la actora nunca ha tenido una vinculación laboral con la Gerencia, habiendo ejercido siempre sus funciones bajo las directrices del Ayuntamiento demandado, no concurriendo ninguno de los requisitos de una relación laboral.

En el fallo del Juzgado de lo Social número de 3 de Sevilla por el procedimiento de derechos y reclamación de cantidad, el magistrado ha desestimado la demanda de reconocimiento de derechos y la reclamación de la cantidad, que es de 17.683 euros más el 10% por mora salarial. Advierte a las partes que contra la sentencia cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Un año antes de su llegada a la Corporación, Jáuregui presentó en abril de 2018 una demanda en el juzgado. Entre los hechos probados en la sentencia se encuentra que la edil popular vino prestando servicios para el Ayuntamiento desde 2007 con una categoría profesional de técnico medio inspector de Medio Ambiente en virtud de un contrato de interinidad por sustitución de un trabajador. Su centro de trabajo se encontraba en el servicio de Medio Ambiente (conocido como el Pabellón de la Madrina).

El Ayuntamiento expuso que nunca tuvo una vinculación laboral con la Gerencia

La sentencia apunta que el examen de la abundante prueba documental aportada al juicio “no permite concluir la existencia de la cesión ilegal pretendida en la demanda, no concurriendo ninguno de los presupuestos examinados en el fundamento que antecede”. El juez consta que la concejal estaba sometida al Ayuntamiento y no a la Gerencia de Urbanismo, “siendo así que el traslado del puesto que cubría como interina tuvo por objeto el cumplimiento de la Ordenanza Reguladora del Control del Ejercicio de Actividades en el Municipio de Sevilla”. Por lo que concluye que no se acredita las pretensiones de la demanda.

La resolución prosigue que, “descartada por todo lo expuesto la existencia de cesión ilegal, la reclamación de cantidad ha de ser rechazada en su integridad, pues deriva y se encuadra dentro del marco de la cesión ilegal y del derecho a incorporarse como personal fijo a la Gerencia de Urbanismo, consistiendo la cantidad reclamada las retribuciones que debió percibir la trabajadora en el caso de que se hubiese estimado la demanda de reconocimiento de derecho”.

El varapalo judicial le ha llegado a Jáuregui tras llevarse más de dos años para lograr una sentencia favorable mientras ha ejercido como concejal popular en la Corporación municipal. No es su único caso con la Justicia en los últimos meses de quien también ostenta el cargo de decana del Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería Técnica Industrial de Sevilla y vicepresidenta del Consejo Nacional de Colegios Oficiales de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de España. Un compañero de profesión puso una demanda al entender que la edil no podía compatibilizar el sueldo del Ayuntamiento con una retribución onerosa de unos 15.000 euros que recibe desde que es vicepresidenta en febrero de 2019. El asunto quedó resuelto por el Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla, que archivó la instrucción al entender que “esa conducta no es constitutiva de delito”.

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