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Francisco Correal
Cinco perros y un gato en busca de autor
La titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, ha permitido finalmente que la empresa Mercasevilla se persone como acusación particular en la causa abierta por las presuntas irregularidades en la venta de los suelos de la sociedad, aunque también mantiene a la empresa como responsable civil subsidiario por los "posibles perjuicios" que se hayan podido causar a la empresa Noga, a la que no se adjudicó el concurso pese a que ofreció 52 millones de euros más que la adjudicataria, la constructora Noga.
El auto de la juez recuerda que la condición de Mercasevilla como responsable civil subsidiario encuentra su fundamento en el principio jurídico que establece que "quien obtiene beneficios de un servicio que le presta otro, debe soportar también los daños ocasionados por el mismo", una conducta que va desde la "culpa in vigilando e in eligendo hasta la culpa objetiva".
Para llegar a la conclusión de que Mercasevilla puede ser considerada responsable civil subsidiaria, la instructora argumenta que las personas inculpadas en este procedimiento actuaron bajo la dependencia de la empresa, "con la anuencia o conformidad de su órgano de gobierno". La intervención de los imputados determinaría esa responsabilidad de la empresa, dado que además el delito que se investiga se enmarca dentro del ámbito de actuación propio de los implicados, con lo que se cumplen los requisitos que fundamentan la responsabilidad civil subsidiaria.
La juez apunta que las otras empresas que concurrieron al concurso y sobre todo el grupo Noga podrían haber sido perjudicadas por el concurso público. "Esta responsabilidad civil se erige en principio ante los posibles perjuicios que hayan podido irrogarse a alguna de las entidades participantes en el concurso y muy especialmente a la entidad Noga, sociedad que supuestamente realizó una oferta superior a la ganadora del concurso", aclara el auto judicial.
La juez también estima que se puede apreciar en Mercasevilla la "condición de perjudicada" por los delitos que se atribuyen a los imputados, unos daños que "claramente podrían ser económicos, por el menor precio recibido por la opción de compra de sus terrenos en virtud del concurso público cuya ilegalidad se investiga".
Por todo ello, la instructora ha estimado parcialmente el recurso que presentó Mercasevilla contra su decisión anterior de no admitir la querella contra los directivos Fernando Mellet y Daniel Ponce -al tildar la acción de la sociedad de "oportunista" y para "apuntarse el tanto ante la opinión pública"-, aunque ha decidido finalmente tener al mercado mayorista personado en el caso como acusación particular y como responsable civil subsidiario, una doble condición procesal que la juez entiende que es "absolutamente compatible" y que también ha sido avalada por un informe de la Fiscalía de Sevilla.
El gobierno municipal valoró ayer la resolución de la juez admitiendo la personación de Mercasevilla, aunque obvió que la juez también tiene a la empresa como responsable de los posibles perjuicios económicos a las otras sociedades que pujaron por los suelos.
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