denuncias por corrupción política

El PSOE afirma que el archivo de la denuncia de Huévar prueba "el circo de la derecha"

  • La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez, exige al PP que pida "perdón" públicamente

La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez.

La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez. / Belén vargas

La secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez, ha manifestado este jueves, en relación con el archivo de la denuncia por la supuesta compra de votos en Huévar, que con la decisión judicial ha quedado probado el "circo" promovido por "la derecha" y ha exigido al PP que pida "perdón" públicamente.

Ante esta decisión judicial y otra correspondiente a una denuncia similar promovida contra el alcalde socialista de Albaida del Aljarafe, José Antonio Gelo, tal y como ha adelantado este periódico, Verónica Pérez ha insistido en que ha quedado demostrado el "circo de la derecha" contra el PSOE, un partido cuyos miembros afrontan las elecciones "limpiamente, desde la pluralidad y el respecto a la democracia", ha defendido.

Así, ha celebrado que quede "demostrado" que las acusaciones contra los socialistas eran "falsas", reclamando al PP que "pida perdón" a los dirigentes del PSOE objeto de sus acusaciones y a la ciudadanía.

En un auto fechado el pasado 14 de octubre, el juez señala el documento titulado "reunión alcalde. Lunes 26 de octubre", que reflejaría que "el investigado planeó obtener votos ofreciendo trabajos de media jornada a los votantes del pueblo y, en definitiva, 'apoyar' a los ciudadanos del pueblo que lo apoyan". 

Pero según el juez, dicho escrito puede corresponder al año 2009 o al año 2015 por la fecha del calendario señalada en el mismo, exponiendo en su comparecencia el investigado que la redacción del texto se remontaría a 2009 porque en ese año regía un alcalde, el socialista Rafael Moreno, y en 2015 gobernaba una alcaldesa, la también socialista Áurea María Borrego.

El juez, en ese sentido, avisa de que si el documento se remontase en efecto a 2009 los hechos estarían ya prescritos por el plazo de cinco años de prescripción que pesa en el caso de los delitos electorales, pero "como pueden existir dudas sobre el año de confección" del documento, profundiza en el asunto, señalando que el investigado ha declarado que "es cierto que se habló de realizar dichas captaciones de votos y que formaban parte de un plan preconcebido, si bien el mismo no se materializó en ningún momento, por lo que se quedó en el ámbito de la idea o del plan sin llegar a producirse".

"Con el reconocimiento realizado por el investigado, lo que se advera es que existía un plan preconcebido, sin que haya quedado acreditada la materialización del mismo y, por tanto, la comisión del delito", indica el juez, agregando que la instrucción de los hechos ha resultado después "huérfana de prueba, incluso a nivel indiciario", de que "el plan diseñado por el investigado dejase de ser una idea preconcebida para materializarse en una conducta delictiva".

Actos "no cristalizados"

"Nos encontramos, por tanto, con una serie de actos preparatorios para la comisión del delito en el que no constan acreditado que hayan existido actos que cristalizasen en la comisión del delito electoral", abunda el juez, concluyendo que "vista la teoría doctrinal de los actos preparatorios, resulta adverado que para el delito electoral no son punibles los actos preparatorios, por lo que nos encontraríamos ante una hecho de naturaleza atípica".

Lo mismo determina el juez respecto a otro documento que reflejaría "un sondeo de la intención de votos de los vecinos del pueblo y en el que se hace constar los votos que, al parecer, pudiera obtener el partido al que representa el investigado en las elecciones".

En cuanto al asunto del mitin de 2002, el juez expone que los hechos habrían prescrito ya y, además, avisa de que "el hecho de que dichos documentos estuvieran en el despacho que ocupaba el investigado con carácter previo al cambio de tendencia política en el Ayuntamiento no significa que se le pueda atribuir al mismo dichas infracciones penales, toda vez que no consta ni su firma ni ningún tipo de orden manuscrita por el mismo autorizando el pago de dichos materiales con cargo al Ayuntamiento", pesando entre los documentos una factura con cargo al Ayuntamiento por carteles del PSOE e invitaciones al citado acto del partido.

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