El Supremo confirma la condena a tres militares por fraude en la residencia San Hermenegildo
Los militares condenados se hicieron con whisky y ron de reserva, así como mariscos y embutidos ibéricos por valor de más de 20.000 euros.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado las condenas de hasta dos años y medio de cárcel que el Tribunal Central Militar impuso en febrero pasado a tres militares y dos empresarios sevillanos acusados de delitos de fraude y contra la Hacienda Militar en la compra de la comida que servían en la residencia universitaria San Hermenegildo de Sevilla.
El Alto Tribunal ha confirmado la pena de dos años y medio de cárcel impuesta al coronel Francisco M. A., ya retirado y que fue director de esta residencia ubicada en la avenida de la Borbolla, y al comandante Antonio P. S., ex administrador de la residencia y actualmente en situación de reserva; mientras que el subteniente Francisco M. G., entonces jefe de cocina, ha sido condenado a dos años y tres meses de cárcel.
Junto a estos tres militares, el Supremo ha confirmado la condena de un año y nueve meses de cárcel para los empresarios del sector de la alimentación Fernando M. H. y Manuel R. L., suministradores de la residencia. Otros tres militares, un antiguo administrador de la residencia, un ex director y otro ex jefe de cocina fueron finalmente absueltos.
La Sala Quinta del Alto Tribunal ha confirmado igualmente que los tres militares condenados deberán abonar una indemnización de 92.723,31 euros, cantidad a la que se redujo finalmente el fraude a pesar de que inicialmente fueron acusados de apropiarse de 299.600 euros destinados a adquirir comida para los estudiantes. Pese a que los hechos sucedieron en Sevilla, el rango militar de los acusados obligó a trasladar el juicio en el Tribunal Militar Central de Madrid, donde se desarrolló a lo largo de dos semanas en diciembre de 2013, con la declaración de más de 30 testigos y peritos. Las irregularidades contables y económicas de la residencia llevaron al procesamiento de dos coroneles, dos comandantes, un capitán, un subteniente y dos empresarios acusados de delitos continuados de deslealtad en concurso medial con un delito continuado contra la Hacienda en el ámbito militar.
Los mandos militares enjuiciados trabajaron entre 2005 y 2009 en la residencia universitaria San Hermenegildo, que fue fundada en 1958 para alojar a hijos de militares y guardias civiles. La investigación interna comenzó a raíz de las quejas de los trabajadores y de los 180 universitarios alojados en el centro por el empeoramiento de los servicios de limpieza y comedor, pese a que el precio de la residencia pasó de 100 euros mensuales a 375 y 475 euros.
La sentencia señala que una de las empresas suministradoras confeccionó, en connivencia con el Administrador y Director de la Residencia, "albaranes y facturas ficticias, por mendaces, relativas a productos no efectivamente entregados, generando así un determinado depósito dinerario, no mercancías". De ese depósito los militares condenados solicitaron productos o mercancías que "en su totalidad hicieron suyos los tres procesados y dedicaron a los fines que les pareció", ajenos a la Residencia.
Ese depósito a finales de junio de 2008 presentaba un saldo a favor de la residencia de 14.891,32 euros. En uno o varios momentos, no específicamente determinados, de los meses de julio, agosto o septiembre de 2008, el subteniente Francisco M. G., en connivencia con el comandante Antonio P. S. y con el coronel Francisco M. A., retiró de ese depósito un total de 10.000 euros “en productos, que el suboficial y los dos oficiales reseñados hicieron suyo”.
Además, los tres militares condenados solicitaron la entrega de bebidas alcohólicas "como whisky y ron de reserva, productos alimenticios de gran calidad, como marisco, cañas de lomo, jamón y carnes selectas y otros de consumo ordinario". Una pequeña parte de dichos productos fueron suministrados y recibidos efectivamente en la Residencia, explica el fallo, que señala que el valor de estas mercancías asciende a un total de 20.234, 34 euros.
El resto de las mercancías que se solicitaron mediante facturas y albaranes falsos, "las hicieron suyas y emplearon para las finalidades que les pareció" a los procesados, "sin que conste que ninguno de tales productos hubiera sido efectivamente recibido en la cocina de la Residencia, ni destinado a la alimentación de los residentes".
La detracción del crédito de alimentación previsto para los residentes en la Residencia Militar de las cantidades que han quedado expresadas a través del ya descrito mecanismo de albaranes y facturas mendaces, provocó desde el inicio del curso 2008-2009, en octubre de 2008, y hasta el mes de diciembre de 2009, una "importante y sensible disminución en la calidad y en la cantidad de los alimentos servidos en los desayunos comidas y cenas de la Residencia, en cuya cocina y por orden del subteniente, que también en esto actuaba en connivencia con el comandante y el coronel, se confeccionaba diariamente un número de plazas menor que el que resultaba de la previsión de residentes que efectuarían las comidas".
A pesar de ello, en la liquidación mensual se seguía haciendo constar un número de desayunos, comidas y cenas "igual al del total de los residentes".
El tribunal señala que esta situación, unida a diferentes problemas de gestión del Centro y al hecho de que el 31 de marzo de 2009 entró en vigor una subida de los precios por el alojamiento y manutención de la Residencia, provocó, además de quejas individualizadas verbales y escritas formuladas por los residentes, un estallido de protestas en el mes de junio de 2009, que incluyó incidentes como el lanzamiento de un mueble al exterior, la distribución de panfletos acusando al director, al administrador y al inspector de cocina de ladrones y otros consistentes en el deslucimiento o destrucción de instalaciones o material de la Residencia". Los incidentes se zanjaron con la expulsión de varios de los residentes.
El 8 de enero de 2010 cesó el coronel Francisco M. A. como director de San Hermenegildo y se hizo cargo de tal cometido otro coronel, que compartió desde el primer día mesa con los residentes en el comedor y recibió quejas generalizadas sobre la escasez de las cantidades de alimentos que se servían. Varios residentes le dijeron que "aquí nos están robando”", que "el Patillas", que era como apodaban al subteniente, "les estaba robando". El nuevo director dispuso por ello que se efectuara diariamente la cuenta del gasto en cocina y el 28 de ese mismo mes de enero, revisando lo gastado entre los días 11 y 25, pudo comprobar que cada día dejaban de emplearse aproximadamente 300 euros del total presupuestado para alimentación.
La jefa de cocina denunció en esa época que se sentía acosada por el subteniente, quien le ordenaba verbalmente y con frecuencia que pidiera productos que no estaban en el menú, productos que de entrada iban al almacén y después desaparecían, tales como “latas de cerveza, refrescos, vino Lambrusco, ron Legendario, ginebra, whisky Cardhu de 12 años, cañas de lomo y pescado fresco en pequeñas cantidades”.
El nuevo coronel ordenó el día 25 de enero la realización de una información previa, que una vez conclusa provocó la incoación de la causa contra lo mandos. Durante la práctica de esa información previa, el subteniente afirmó: "Si mi culo cae, cae el de más gente".
Uno de los militares alegó en su recurso que los fondos malversados no eran públicos sino privados, pero el Supremo señala que "los créditos, como fondos que de los padres y tutores salían para la alimentación, una vez ingresados en la cuenta corriente de la Residencia, tenían carácter público y estaban asignados a un organismo de las Fuerzas Armadas. Y, por ende, en ese mismo carácter y asignación revestían los productos alimenticios adquiridos con cargo al constituido con los repetidos fondos".
En cuanto a la proporcionalidad de las penas impuestas, el Alto Tribunal la justifica en "la gravedad y trascendencia de los hechos que motivaron una revuelta de los residentes"; y en el hecho de que se aplicó "una pena muy inferior a la que correspondería para el delito (cuatro años y seis meses de prisión), por exigencias del principio acusatorio; siendo por ello que el quantum de pena impuesta debe considerarse justificado, y adecuado, como respuesta debida a la antijuridicidad del hecho y a la culpabilidad del sujeto activo".
Los tres militares condenados presentaron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que ahora ha desestimado todos los recursos.
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