DERBI Betis y Sevilla ya velan armas para el derbi

Sevilla

El TC pone en jaque a los ediles no electos

  • El gobierno local prefiere esperar a conocer el fallo que puede acabar con el único concejal 'a dedo'.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado el precepto de la Ley de Medidas para la Modernización del Gobierno Local de 2003, más conocida como Ley de Grandes Ciudades, que permite nombrar como miembros de la junta de gobierno local a quienes no hayan concurrido a los comicios en una lista electoral. En el caso de Sevilla, sólo hay un edil no electo: Demetrio Cabello, delegado de Seguridad y Movilidad. El TC declara inconstitucional y nulo el párrafo segundo del artículo 126.2 de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local en la redacción dada por la reforma de 2003.

Por este motivo, a partir de la publicación de esta sentencia en el BOE, los miembros no electos de la junta de gobierno podrían tener que ser sustituidos por concejales ya que, de otro modo, las decisiones que pudieran adoptar a partir de ahora serían nulas e inconstitucionales. En el caso del Ayuntamiento de Sevilla, el gobierno y la oposición han coincidido en no hacer valoraciones hasta conocer la literalidad de la sentencia. El gobierno considera en cualquier caso que la aplicación no podrá ser inmediata.

No obstante, el tribunal de garantías salva expresamente la validez de todos los acuerdos y resoluciones adoptados hasta la fecha por las juntas de gobierno en las que existían miembros no electos. La sentencia considera que el hecho de que los alcaldes y concejales sean elegidos directamente por los ciudadanos es "un plus de legitimidad democrática frente a la profesionalización" que, en todo caso, debe ser respetada por el legislador básico al configurar ese modelo común de automomía municipal".

La sentencia admite parcialmente el recurso impuesto por el Parlamento de Cataluña contra más de una decena de preceptos de esta Ley, que afecta a más de un centenar de ayuntamientos españoles, que son los que cuentan con más de 250.000 habitantes.

El TC deliberó la pasada semana este asunto y acordó un fallo que ha contado con el voto particular discrepante del magistrado Andrés Ollero, al que se ha adherido Francisco Pérez de los Cobos. Ambos magistrados consideran que los ministros "habrían de ser parlamentarios elegidos de modo directo por los propios ciudadanos".

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