El TSJA obliga a la Junta a escolarizar a una niña en el colegio de su hermano
La sentencia antepone el agrupamiento familiar al número de alumnos por aula.
El agrupamiento familiar por encima del mantenimiento del número de alumnos por clase. Así podría resumirse la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TJSA) acaba de dictar en la que reconoce el derecho de unos padres a que sus dos hijos estudien en un mismo colegio concertado de Sevilla y a la libre elección del centro. Con este fallo se revoca la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 6, en la que se desestimaba el recurso presentado por esta familia contra la decisión de la delegación provincial de Educación de que sus dos hijos estuvieran en colegios distintos.
La sentencia del TSJA -a la que ha tenido acceso este periódico- estima el recurso de apelación interpuesto por dichos padres contra el primer fallo que negaba la escolarización de la hija mayor en el colegio concertado Santa Teresa de Jesús, en San Juan de Aznalfarache. La familia presentó un recurso en los juzgados de lo contencioso-administrativo tras desestimar Educación que su hija ocupara una plaza en segundo de Infantil (cuatro años) en el citado centro, en el que sí había entrado su hermano de tres años para el curso 2008/09, cuando aún la Junta no había establecido la baremación por la cual la máxima puntuación la obtienen aquellos solicitantes que ya cuentan con un hermano en el colegio al que aspiran entrar.
La Junta le ofreció a la familia, según recoge el primer fallo, una plaza en el CEIP Esperanza Aponte, en San Juan de Aznalfarache, o la posibilidad de escolarizar a los dos hermanos en el CEIP Pedro Crisólogo, en esta misma localidad. Los padres no aceptaron ninguna de estas ofertas y mantuvieron su empeño de que se aumentara la ratio (número de alumnos por clase) en el Santa Teresa para que entrara la hija mayor.
El juez de lo contencioso-administrativo desestimó en 2010 el recurso presentado por los padres al valorar las alternativas que le presentó la administración educativa y el "perjuicio" que la subida de la ratio tendría en el colegio. La familia decidió entonces escolarizar a su hija mayor en un colegio de Gelves, mientras que el menor seguiría estudiando en el Santa Teresa. La nueva sentencia del TSJA permitirá que a partir de ahora los dos hermanos acudan al mismo colegio, al entender el Alto Tribunal andaluz que "la reagrupación de hermanos es beneficiosa para la educación y formación de ambos" y que "la flexibilización de la ratio es algo habitual en los centros educativos".
La letrada de los padres, María Dolores Baquero, explica que "el fallo también defiende que se trata del colegio que responde a las condiciones morales y religiosas de los padres", lo que justifica que no aceptaran otras alternativas.
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