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Sevilla

Tablada, segundo pleito perdido

  • El TSJA cuestiona la reserva de suelo realizada por la Gerencia antes de aprobar el PGOU · Urbanismo anuncia la activación de la expropiación aprobada en Pleno · La nueva ley del suelo cambia el escenario

Otra batalla judicial perdida, aunque la guerra todavía sigue abierta. El Tribunal Superior Justicia de Andalucía (TSJA) decidió ayer, en un fallo cuyo sentido era más o menos previsible dados los antecedentes existentes, dar la razón a los dueños de los terrenos de la dehesa de Tablada en el pleito que mantenían, desde hace años, con el Ayuntamiento de Sevilla.

Se trata de un recurso contra una sentencia ganada ya en primera instancia por las inmobiliarias dueñas del suelo -agrupadas en la corporación de interés económico Tablada Híspalis-, que ahora recibe el respaldo del Alto Tribunal andaluz, que viene a dar la razón a los promotores de la urbanización de Tablada no en relación a su idea de construir, sino en lo que respecta a su oposición a la delimitación de suelo -la segunda en el largo proceso de lucha por Tablada- que la Gerencia de Urbanismo había aprobado antes de validar definitivamente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Los fundamentos de derecho del fallo, según ha podido saber este diario de fuentes judiciales, cuestionan la capacidad del Consistorio para hacer una reserva de suelo sobre los terrenos de Tablada basada en los hipotéticos usos genéricos de interés público. Una fórmula existente en la normativa urbanística andaluza que permite a los consistorios iniciar procesos de expropiación -la delimitación es el paso previo al cambio de titularidad- basada en argumentos que, según el punto de vista de los promotores, son de índole "abstracta". La estrategia de los ayuntamientos a este respecto busca con este mecanismo aminorar las indemnizaciones que reclaman los propietarios, que reivindican el pago de un justiprecio basado en sus expectativas urbanísticas.

El Ayuntamiento siempre ha alegado que la delimitación del suelo era una circunstancia que por sí misma bastaba para sustraer a Tablada del proceso de urbanización, aunque los dos fallos judiciales negativos hasta ahora no le han dado la razón. Fuentes municipales confirmaron ayer la promulgación del fallo, que calificaron como "muy subjetivo, negativo y parcial".

El Consistorio, en todo caso, no mostró ayer mucha preocupación ante el resultado de la sentencia del TSJA. La razón: anticipándose a dicho fallo, en mayo del pasado año el Pleno de la Corporación aprobó por unanimidad un expediente para expropiar los terrenos que está listo para reactivarse. Urbanismo confiaba en que una sentencia favorable le permitiera ocupar los terrenos de manera inmediata. En caso contrario, como finalmente ha pasado, la expropiación formal iniciará a partir de ahora su senda oficial -que previsiblemente también será recurrida por los propietarios de Tablada- aunque en un escenario jurídico bastante distinto del que existía cuando se realizó la segunda delimitación de suelo.

Los nuevos factores susceptibles de cambiar el proceso son la aprobación definitiva del PGOU -sancionado totalmente por la Junta de Andalucía- y la vigencia de la nueva ley estatal de suelo y valoraciones. En el caso del Plan General, las cosas están claras: la calificación que este documento urbanístico otorga a Tablada es la de suelo no urbanizable dado su especial valor ambiental. Esta clasificación, sancionada totalmente por la Administración regional, que es la competente en la materia, impide cualquier intento de construir en la antigua dehesa, cuya condición rústica e inundable hace imposible cualquier fórmula de proyecto inmobiliario.

El segundo aspecto es el que se refiere a la nueva ley estatal del suelo, aprobada por el Congreso de los Diputados durante la primera legislatura de Zapatero. Esta normativa, a la que se opusieron el PP y las grandes inmobiliarias, elimina a la hora de hacer la valoración de un terreno las supuestas expectativas urbanísticas de su comprador, al establecer un nuevo parámetro en base al cual cada suelo existente vale -en términos urbanísticos- no ya en función de lo que su dueño espera obtener de él en el mercado, sino del uso contrastado y cierto que tenga en el momento de la estimación. En el caso de Tablada, los terrenos se valorarían, por tanto, a precio de suelo rústico. Casi siete millones de euros. Muy lejos, obviamente, de lo que en su día pagaron las inmobiliarias.

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