La zona azul estrena bonos para empleados y comercios
Las ordenanzas fiscales para 2015 incluyen por primera vez a trabajadores y comerciantes afectados en la tarifa especial de residentes que permite sacar un abono anual de 80 euros o uno semanal de 3 euros en zonas de alta rotación, como prometió el gobierno local para disipar las quejas ciudadanas. Estos dos nuevos colectivos se denominan "grupos homogéneos" en las ordenanzas fiscales.
De las dos alegaciones presentadas sobre la tasa de la zona azul (aparcamiento regulado en superficie), sólo se aceptó la alegación presentada por Aussa (la empresa que gestiona la zona azul) y que supone que las personas con movilidad reducida que tengan la tarjeta de aparcamiento de vehículo expedida por la Consejería competente de la Junta de Andalucía y que carezcan del distintivo especial otorgado por el Ayuntamiento, pagarán una tarifa de 0,65 euros por cada hora que aparquen en (en todas las zonas) y que se aplicará la tarifa general en los casos que estén menos tiempo. El colectivo de personas con movilidad reducida planteó una queja sobre el pago en la zona azul de Sevilla ante el Defensor del Pueblo Andaluz.
Para usuarios en general se unifican precios de media y baja rotación. Los residentes, comercios y trabajadores pueden sacar abonos de lunes a viernes en alta rotación (3 euros). En la zona de alta rotación,el día o fracción es de 0,90 euros, el abono de lunes a viernes 3 euros y el abono anual 79,90 euros. Se unifican los precios de la Zona de Media / Baja Rotación, donde el día o fracción cuesta 0,35 euros, el abono de lunes a viernes 1,60 euros y el abono anual 79,90 euros.
Los requisitos para la obtención del distintivo de zona azul para trabajadores y comerciantes (grupos homogéneos) se definen en la ordenanza fiscal, sin perjuicio de que se proceda a su determinación concreta mediante resolución del Delegado de Seguridad y Movilidad. El cumplimiento de los requisitos debe ser acreditado anualmente para su renovación.
Sólo se concederá un distintivo por comercio y acreditar que el titular de la actividad es el propietario del vehículo. En caso contrario, el vehículo deberá estar vinculado por leasing o renting a la actividad, estar dado de alta en el padrón del impuesto sobre vehículos . La actividad comercial debe tener su domicilio social en la zona donde esté la zona azul.
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