Cómo empadronarse en Sevilla: documentos necesarios y pasos para hacerlo fácil
El padrón municipal no solo acredita la residencia, también permite acceder a servicios públicos, realizar trámites administrativos o ejercer determinados derechos
¿Por qué es importante empadronarse en el lugar de residencia? Estas son las ventajas para ciudadanos españoles y extranjeros
Empadronarse en Sevilla es un paso fundamental para las personas que viven en la ciudad, ya sea de manera temporal o permanente. Además, el padrón municipal no solo acredita el lugar de residencia, sino que también permite acceder a servicios públicos, realizar trámites administrativos y ejercer determinados derechos, como votar en las elecciones municipales.
A pesar de su importancia, son muchos los vecinos que desconocen cómo realizar este trámite, qué documentación se requiere y qué opciones existen para agilizarlo. A continuación, vamos a ver cuál es el procedimiento a seguir en estos casos, de una forma clara y sencilla, para resolver esta situación sin contratiempos.
¿Qué documentos necesito para empadronarme en Sevilla?
Toda persona que resida en Sevilla tiene la obligación y el derecho a empadronarse. Para ello, el primer paso es reunir la documentación necesaria:
- Hoja padronal, debidamente cumplimentada y firmada. Este documento puede descargarse desde la página web del Ayuntamiento de Sevilla. A la hora de cumplimentar la ficha, es importante indicar teléfono y correo electrónico, referencia catastral y lugar de procedencia, si es otra ciudad.
- Documentación acreditativa de la identidad de todas las personas incluidas en la hoja padronal. Esto incluye el DNI (libro de familia o certificado de nacimiento en caso de los menores de 14 años); y, si se trata de personas extranjeras, pasaporte en vigor del país de origen y el correspondiente certificado de identidad: Certificado de Registro del Ciudadano de la Unión (para aquellos que procedan de la Unión Europea (UE), el Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza) o la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), expedida por España (para el resto de países).
- Documentación acreditativa de la ocupación de la vivienda. Se deberá aportar uno de los siguientes: Título de Propiedad, contrato del alquiler junto con el último recibo del pago de la renta, contrato de suministro con EMASESA o última factura del suministro del agua.
Proceso de empadronamiento en Sevilla, paso a paso
Una vez reunida la documentación precisa, el solicitante puede realizar el trámite de dos maneras:
- Vía telemática con certificado digital. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sevilla, la persona interesada solo debe hacer clic en la opción 'Padrón', luego en 'Alta de residencia o modificación del domicilio' y adjuntar la documentación correspondiente.
- Presencial, en los Distritos Municipales. En el caso de realizar el proceso presencialmente, será necesario solicitar cita previa en los distritos municipales llamando al teléfono 010 o a través de este enlace. Se presentará entonces la documentación y los distritos municipales la remitirán al Servicio de Estadística para su comprobación y posterior grabación.
El plazo máximo para resolver el empadronamiento es de tres meses a partir de la solicitud, según lo establecido en el artículo 42.3 de la Ley 30/92, de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común.
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