Las familias atrapadas por el cierre de La Cartuja Pickman se convierten en sus acreedores
El Juzgado Mercantil declara liquidada la empresa y suspende los poderes de gestión a la familia Zapata, que pasan al administrador concursal
La Cartuja Pickman reclama dos millones de euros a la Seguridad Social por provocar su quiebra
El Juzgado Mercantil 3 de Sevilla ha declarado disuelta la compañía Ultralta, que ha venido fabricando la loza La Cartuja Pickman desde 2014, y ha suspendido los poderes de gestión a los propietarios, la familia Zapata, dejándolos en manos del administrador concursal. La apertura de la liquidación provoca que las deudas contraídas por Ultralta durante el período de cumplimiento del convenio tendrán la consideración de créditos concursales, entre ellos los de numerosas familias que no han recibido las vajillas que pagaron por adelantado, algunas de las cuales han denunciado a la empresa por presunto fraude ante la Policía, ya que -aseguran- continuaron vendiendo a través de la web sabiendo que no podrían cumplir el convenio, que la fábrica dejó de producir el pasado 31 de julio y que la plantilla entró un ERTE de seis meses el 28 de agosto de 2025.
Estas familias reclaman cantidades que oscilan entre los 90 y los casi 1.400 euros por pedido. Han intentando sin éxito ponerse en contacto con la empresa, sin que ésta les haya contestado a sus correos electrónicos ni sus llamadas telefónicas. Para tranquilizar a estos clientes, la familia Zapata mostró su disposición a entregarles los pedidos usando stocks o bien a devolverles el dinero. Sin embargo, la decisión del juez de suspender los poderes de administración a la familia y de que estos clientes pasen a formar parte de la lista de acreedores, aleja cada vez más la posibilidad de que puedan tener sus vajillas o recuperar su dinero, toda vez que apenas hay activos y las deudas de Ultralta con la Seguridad Social, Hacienda y el Fogasa se acercan a los tres millones de euros.
A los 36 trabajadores de la fábrica, Ultralta les debe 45.000 euros de la nómina de agosto, que la familia Zapata prometió pagar este jueves. Se desconoce si el Juzgado considera ese pago pendiente una deuda contra la masa, en cuyo caso tendrían preferencia de cobro. "La empresa no ha cumplido su compromiso de pagar la nómina de agosto a la plantilla y nos dirige ahora al administrador concursal, por lo que los trabajadores han decidido a manifestarse frente a algunos de los negocios de la familia Zapata, entre ellos un conocido restaurante de Madrid", ha anunciado José Hurtado, presidente del comité de empresa de Ultralta.
Ya en fase de liquidación, el administrador concursal procederá con casi toda probabilidad a la venta o subasta de la unidad productiva, consistente en su stock, maquinaria y el derecho de recompra de las marcas que Ultralta vendió por 800.000 euros en 2022 a la firma madrileña Nox Industrial, con opción de recompra en cinco años. Nox está administrada por Juan Manuel Martín Buendía. Se da el caso de que Martín Buendía y Ana Zapata son administradores conjuntos en otras empresas, como Ingea Instalaciones y en Ion Master Ingenieros Consultores, según la herramienta Insight View, de Iberinform. Las naves donde se ubica la fábrica pertenecen a Internacional Crane and Equipment Company, también relacionada con la familia Zapata.
Calificación culpable o fortuita del concurso
El administrador concursal tendrá diez días para presentar un informe con las reglas especiales de liquidación y en quince días deberá presentar informe de calificación para determinar si el concurso fue fortuito o culpable. Los acreedores que, como la Seguridad Social, representen al menos el 5% de las deudas o sean titulares de créditos por un importe superior al millón de euros podrán presentar informe de calificación culpable en el plazo de diez días. La calificación de culpable puede suponer para los administradores la inhabilitación para administrar bienes ajenos por un período de 2 a 15 años, la pérdida de derechos como acreedores, la obligación de devolver bienes obtenidos indebidamente y la indemnización de daños y perjuicios al provocar o agravar la situación de insolvencia de la compañía.
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