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Conflicto en los tribunales por la negativa a la vacunación

La vacunación de dependientes se podrá hacer sin permiso familiar

  • El fiscal de Mayores recuerda que la vacunación se puede acordar "de forma forzosa", estudiando caso por caso, cuando no haya ninguna incompatibilidad, alergia o cualquier contraindicación médica

El fiscal de Mayores: "La decisión del hijo no puede perjudicar la salud del padre o la madre" / José ángel García

El fiscal de Protección de Personas Mayores y de Personas con Discapacidad, Norberto Sotomayor, ha insistido este miércoles en que la decisión de un hijo de que no se le ponga la vacuna a una persona privada de sus facultades "no puede perjudicar la salud del padre o la madre". En declaraciones a los periodistas, el fiscal ha recordado que ya se ha planteado un caso en una residencia de la provincia de Sevilla en la que un familiar ha mostrado su negativa a que se le ponga la vacuna, tal y como ha adelantado este periódico, pero tiene conocimiento de que hay más casos de familiares que se van a negar a que se les pongan la vacuna, "siendo personas que carecen de capacidad, bien porque están incapacitados judicialmente o porque tienen algún tipo de proceso demencial que le impide tomar las decisiones de forma correcta a nivel médico".

Norberto Sotomayor ha destacado que cuando una persona carece de capacidad para tomar decisiones, nos encontramos con lo que se llama el "consentimiento por representación", por lo que "si la persona está judicialmente incapacitada, es el tutor el que tiene que tomar la decisión, y si no lo está, son los familiares o allegados. Incluso nos encontramos con personas que no tienen familia o que la familia los tiene abandonados. Y entonces el propio director del centro, como guardador de hecho, quien también puede tomar esa decisión".

El problema jurídico se plantea cuando hay una decisión de esa persona que tiene la representación de no vacunar a la persona a la que representa. "En esos casos nos encontramos con la ley de autonomía del paciente, donde existe la posibilidad si entendemos que la decisión no es acertada, de intervenir judicialmente y ordenar que se acuerde la vacunación de forma forzosa, siempre caso por caso, cuando no haya ningún tipo de problema de incompatibilidad o de alergia o de algún tipo de circunstancia que recomiende no poner la vacuna, pero hay que ir analizando caso por caso", insiste.

En estos casos, los jueces y la Fiscalía tendrán que que contar con el asesoramiento médico de la persona que atiene al mayor, así como del médico forense, y de acuerdo a esos criterios "habrá que tomar la decisión de si se obliga a vacunar o no".

El fiscal señala que en los casos en los que la persona tiene "plena capacidad" puede negarse a ponerse la vacuna, pero recuerda que "la autoridad sanitaria recomienda ponérsela. El problema surge cuando yo tengo que tomar la decisión en nombre de otra persona que no soy yo, ahí entran en juego muchas cuestiones".

Así, relata que este tipo de cuestiones se han planteado en determinadas ocasiones en algunos colectivos, en casos de menores de edad cuyos padres, testigos de Jehová, se han negado a que se le hagan transfusiones sanguíneas, y también se han dado supuestos de menores cuyos padres se han negado a tratamientos paliativos en casos extremos de cáncer. "En esos casos es evidente que es el padre quien toma la decisión, pero si nos dicen los médicos que la decisión no es acertada, se produce una situación de conflicto entre la salud de la persona y la persona que toma la decisión, y en caso de conflicto debe prevalecer la salud de la persona, y para eso tenemos nuestros peritos que nos asesorarán y el juez tendrá que tomar una decisión sobre si hay que vacunar o no, o hay que hacer una transfusión sanguínea o no", ha añadido.

Si el médico dice que, por algún "motivo científico", no es bueno ponerle la vacuna a la persona, "no se le pondrá, pero si nos dice que no hay ningún obstáculo, la decisión del hijo no puede perjudicar la salud del padre", ha aseverado el fiscal de Personas Mayores de Sevilla.

La vacuna "es buena y está autorizada por las autoridades sanitarias europeas"

En cualquier caso, "habrá que demostrar que la vacuna no se le puede poner, porque en principio la vacuna es buena, está ya autorizada por las autoridades sanitarias europeas, no sólo las españolas" y no debe olvidarse que "el primer grupo de riesgo son las residencias, porque es donde más fallecimientos se están produciendo y son los primeros de vacunarlos".

El fiscal ha recordado que ya se ha planteado formalmente una negativa en una residencia de discapacidad, pero tienen noticias de que "se pueden plantear más y entonces, caso por caso, habrá que ir decidiendo si estamos de acuerdo con la decisión que ha tomado el familiar".

En los casos de negativa, serán el propio director de la residencia o en su caso la Fiscalía, quienes tendrán que instar en los tribunales a que "se decida si es correcto o no la decisión de la persona que se niega a que a su padre o a su madre se le ponga la vacuna".

Por último, Norberto Sotomayor ha indicado en los casos extremos si se demuestra que la persona que no está en plenas facultades está siendo mal representada por el tutor y se actúa en contra de los criterios médicos, se podría plantear incluso que el tutor "no está actuando correctamente", lo que podría llevar al cambio de tutor.

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