El juicio por el delito societario de Mercasevilla se mantiene para enero de 2019

Caso Mercasevilla

La Audiencia obliga a la juez Bolaños a que admita la acusación que ejerce el portavoz municipal del PP Beltrán Pérez

Un camión sale por la puerta principal de Mercasevilla. / M. G.
Jorge Muñoz

16 de noviembre 2017 - 11:17

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha obligado a la juez María Núñez Bolaños, que investiga la causa inicialmente abierta por un delito societario relacionado con la gestión de Mercasevilla, a que admita el escrito de acusación presentado por la acusación popular que ejerce el portavoz del PP en el Ayuntamiento, Beltrán Pérez, que la instructora rechazó al estimar que lo había presentado fuera de plazo. El juicio por este caso, uno de los últimos flecos de las investigaciones realizadas en torno a esta empresa pública-mixta, está previsto que comience a mediados de enero de 2019 y se celebrará en la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla.

En marzo pasado, la magistrada rechazó el escrito de acusación presentado por el PP y el de la asociación sindical empresarial mayorista porque, según explicó, "no consta escrito de acusación o petición de sobreseimiento presentado en tiempo y forma", si bien recordaba que en el caso de los populares se presentó dicho escrito el pasado 17 de marzo.

El PP recurrió ante la Audiencia el auto de la juez Bolaños en el que acordaba el procesamiento de 14 personas investigadas, debido a que la juez había realizado una "advertencia expresa de que no se admitirán escritos de acusación por quienes no estén personados en legal forma como acusación particular con la debida postulación procesal y asistencia letrada”. El PP solicitó una aclaración de este auto, que la juez rechazó al entender que no era necesaria porque la medida anunciada "resulta evidente de la aplicación de una disposición legal", y la instructora también desestimó el recurso de reforma presentado a continuación por los populares.

La Audiencia considera que el pronunciamiento de Bolaños de requerir que estén personados como "acusación particular” carece de "todo amparo legal, por cuanto el artículo 780.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, al regular el correspondiente traslado para formular acusación –o interesar el sobreseimiento de las actuaciones-, se limita a indicar que dicho traslado se confiera al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas, sin hacer pues discriminación o exclusión alguna de las acusaciones populares si, como acontece en el presente caso, se hayan personadas en debida forma”.

De ahí que el tribunal insista en que "no existe fundamento para privar a un acusador popular debidamente personado en la causa de su derecho a formular su pretensión acusatoria en el trámite contemplado en la ley procesal”, por lo que ordena "retrotraer las actuaciones para que se tenga por formulada la acusación” de Beltrán Pérez en los términos de su escrito de acusación presentado el 17 de marzo pasado y que la juez Bolaños no admitió, sin que ello conlleve, advierte el tribunal, "la nulidad de lo actuado que no se encuentre afectado o viciado por la infracción procesal apreciada”.

En la práctica, esta resolución no afecta al desarrollo del juicio, que está previsto que arranque en enero de 2019, según han confirmado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Por este caso, la juez Bolaños impuso una fianza de 590.000 euros al ex director general de Mercasevilla Fernando Mellet, en un auto en el que acordó la apertura de juicio oral contra los 14 acusados. La instructora fijó asimismo fianzas que oscilan entre los 19.000 y los 138.000 euros para los otros trece acusados.

La Fiscalía de Sevilla solicita una condena de 24 años de prisión y 40 años de inhabilitación absoluta para el que fuera director general de Mercasevilla Fernando Mellet, a quien atribuye junto a los otros 13 acusados delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsificación de documento mercantil, en relación con un supuesto perjuicio causado a la sociedad que ascendería a un total de 449.164,74 euros.

En concreto, la Fiscalía imputa a Mellet un delito de prevaricación, otro de falsedad en documento mercantil y cuatro delitos de malversación, por los que solicita un total de 24 años de prisión y 40 años de inhabilitación. En concepto de responsabilidad civil, la Fiscalía reclama que Mellet devuelva a Mercasevilla solidariamente con los otros acusados, los 449.164,74 euros supuestamente malversados.

La Fiscalía ha pedido igualmente cuatro años y medio de prisión y ocho de inhabilitación para los administradores de Hermes Consulting Francisco Limón Romero y Francisco José González García, otros cuatro años de prisión para el presidente de la Asociación de Mayoristas de Pescado Antonio Vela Adame, y tres años de prisión para la hija de éste, Carmen Vela. En estos dos últimos casos, la Fiscalía les atribuye un delito de malversación en relación con los pagos de unos palets a la asociación y de una beca de estudios en Londres, respectivamente. La juez María Núñez Bolaños ha fijado para estos dos acusados sendas fianzas de 138.220 euros y 19.335 euros, respectivamente.

Por último, la acusación pública reclama otros tres años y medio de cárcel y ocho años de inhabilitación para los nueve trabajadores prejubilados en el ERE de 2007 Pilar Giraldo –que fue responsable del departamento de Contabilidad de Mercasevilla-, Cristóbal C. R., Antonio P. L., José C. G., Eduardo C. L., Salvador O. B., José P. S., Fernando R. T., y José Manuel G. N.

Tras siete años de instrucción, esta macrocausa que se inició con las querellas presentadas por la propia Mercasevilla y por el Partido Popular por supuestos delitos societarios ha quedado reducida a cuatro hechos puntuales: un contrato con la empresa Hermes Consulting, el pago de unos palets, una beca que la Fundación Mercasevilla abonó a la hija del presidente de la asociación de mayoristas de Pescado y el cobro por parte de nueve trabajadores prejubilados en el ERE de 2007 de un premio extraordinario de jubilación.

En su escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público sostiene que Fernando Mellet, que ocupó el cargo de director general entre 2002 y 2009, durante el ejercicio de sus funciones "y sin perjuicio de otros hechos, cuya corrección compete al ámbito societario y contable”, ha realizado diversos actos de "disposición concreta de fondos, no amparados en causa justa alguna, que responden a un ánimo de liberalidad, y que han causado un perjuicio económico a Mercasevilla por importe de 449.164,74”.

La Fiscalía destaca en su escrito que la auditoría de Deloitte sobre las cuentas de Mercasevilla apreció diversas irregularidades, entre las que cita expresamente "una ausencia de los necesarios controles en la aprobación de gastos, ordenación de pagos y efectividad de estos últimos, así como falta de una clara delimitación respecto a las personas que intervienen en dichos procesos”.

De la misma forma, los auditores advirtieron de la "insuficiencia y deficiencia de muchos soportes documentales de gastos”, y de la "frecuente extralimitación por parte del director general del tope que le venía impuesto en los poderes notariales conferidos al mismo (60.000 euros) respecto a asunción de obligaciones de gastos e inversiones, ordenación de pagos, operaciones de crédito, etc., sin que tampoco hayan contado con aprobación, autorización o ratificación expresa por ninguno de los órganos de administración de la sociedad, a los que no se sometía dichas actuaciones”.

Sobre el contrato de Mercasevilla con Hermes Consulting, el fiscal recuerda que el 27 de diciembre de 2005 Fernando Mellet firmó un contrato con Francisco Limón, cuyo objeto era la "obtención de subvenciones y/o financiación necesaria, a través de organismos privados y/o públicos para acometer una mejora en la plantilla de Mercasevilla, mediante jubilaciones anticipadas por edad y/o salud”, para lo cual se abonará el 5% del coste total de la prima que garantice las rentas que se pactan en el ERE.

Según la Fiscalía, la empresa carecía de trabajadores y de cualquier infraestructura, "no constando en Mercasevilla que presentara informe alguno”, pese a lo cual Mellet "ordenó al departamento de Contabilidad” el pago a Hermes Consulting de 63.8000 euros, cantidad con la que "falsamente se facturaban servicios inexistentes no realizados”.

El administrador de la empresa alegó en su declaración que se realizó un informe en cumplimiento de este contrato, pero en el documento –que fue aportado a la causa- no consta entrada o presentación en Mercasevilla, y por el contrario, la dirección de la lonja ha certificado que no ha encontrado "ningún informe realizado” por dicha sociedad, que además según la auditoría de Mercasevilla no tenía personal propio ni pagó servicios profesionales externos para la elaboración de informes o la prestación de servicios.

En cuanto a la beca que percibió Carmen Vela Maldonado, hija del presidente de la asociación de Mayoristas de Pescado, la juez precisó en su día que esta joven había solicitado una beca a la Consejería de Innovación, a través de la agencia IDEA, para la realización de estudios de postgrado en Londres. Esa beca no le fue concedida por la Junta y la solicitud se planteó ante la Fundación Socioasistencial de Mercasevilla, que le otorgó 24.000 euros, aunque la joven cobró sólo 16.412,12 euros. La Fiscalía considera que Mellet decidió "sin causa ni justificación alguna ordenar” el pago de esta beca con fondos de la Fundación Mercasevilla a Carmen Vela, que había acompañado como intérprete al entonces subdirector, Daniel Ponce, en un viaje de trabajo a Vietnam.

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