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Sevilla

La regulación de las viviendas ilegales no acaba de arrancar

  • Los nuevos cambios legislativos que prevé la Junta para los asentamientos y para que las segregaciones de suelo prescriban en algunos casos podrían acelerar el proceso en Sevilla.

Cuando se han cumplido cuatro años del decreto 2/2012 de la Junta, con el que se intentó abordar la realidad de las construcciones en suelo rústico tras las limitaciones que supuso la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), sólo el 40% de los ayuntamientos sevillanos -45 de 105- han cumplido con el primer trámite: la elaboración del "avance de planeamiento de edificaciones sobre suelo rústico", con los asentamientos, los hábitats rurales diseminados y las viviendas aisladas que tienen; o han aprobado la "declaración de innecesariedad", cuando la presencia de viviendas en suelo no urbanizable se limita a la aislada.

Según datos de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, once municipios han elaborado avances de planamiento. Entre ellos están algunos de los que tienen mayores problemas, como Carmona o Marchena, junto a Arahal, Las Cabezas, Écija, Lantejuela, Mairena del Alcor, Montellano, Osuna, Sanlúcar la Mayor, Utrera y Valencina. Cuatro más están en trámite. Otros 31 han presentado la declaración de innecesariedad.

La Consejería admite que el número es "bajo", si bien no se pusieron plazos, algo que puede cambiar ahora porque, con la nueva modificación que se aprobará en el Parlamento, se fijarán dos años para elaborar estos documentos, a partir de los cuales y allí donde haya un problema grave sin abordar, la Junta podría hacerlo.

Sólo esos once municipios con avances suman 50 asentamientos urbanísticos -lo que se venía llamando una urbanización "ilegal" o conjunto de edificaciones, próximas entre sí, en un área definida, y que generan actividades urbanas con entidad suficiente como para necesitar servicios colectivos y dotaciones- y trece hábitats rurales diseminados o edificaciones vinculadas al medio rural, sin estructura urbana, pero que pueden precisar de dotaciones o servicios comunes. En total, 63 conjuntos de edificaciones catalogados, que dan idea de la entidad del problema en la provincia. Aun así, en el año 2000, un informe del Defensor del Pueblo andaluz contabilizó hasta 359 urbanizaciones irregulares en 42 ayuntamientos sevillanos, antes del boom urbanístico. Hay pues muchas construcciones que todavía deben aflorar para su regulación. Estos asentamientos son el gran problema de la vivienda en suelo rústico en la provincia, pero al que ese decreto 2/2012 -pensado quizá para la tipología de vivienda ilegal se había generado en otras provincias, como en Málaga y Granada- aportó pocas soluciones. De hecho, sólo preveía que se incorporen a los respectivos PGOU como suelo urbano no consolidado o -sólo si están cerca del núcleo urbano- como urbanizable, algo en lo que ya estaban trabajando muchos ayuntamientos. Pero mantiene que su regularización no puede tener coste alguno para la Administración, sigue corriendo a cargo de los propietarios, y no quedarán regularizadas hasta que la urbanización, con todas sus infraestructuras, se complete. Es decir, no aportó nuevos instrumentos más allá de los que ya existían: el PGOU o modificaciones de planeamiento, con las mismas exigencias legales.

En este sentido, el secretario general de Ordenación del Territorio, Rafael Márquez, apunta que con el nuevo proyecto de Ley que se está tramitando en el Parlamento, para modificar la LOUA en este aspecto, se incorporarán importantes novedades que pueden suponer "un antes y un después", un "impulso" a estos procesos de regularización para aquellas urbanizaciones más antiguas o consolidadas. Si hasta ahora era condición que se urbanizaran al completo para acceder a licencias o autorizaciones para que los propietarios contraten suministros básicos o se pueda construir en parcelas vacías, en el futuro se pretende que el proceso pueda hacerse de forma gradual, progresivamente, infraestructura a infraestructura. Sobre todo para solventar los problemas ambientales y de salubridad en algunas de estas urbanizaciones, con una población permanente y con Carmona como gran ejemplo, y siendo conscientes de que hay situaciones sociales y económicas distintas y pocos recursos técnicos en los ayuntamientos. De aprobarse, una vez ejecutadas determinadas infraestructuras, sobre todo de saneamiento y abastecimiento de agua, se podrá acceder a licencias provisionales de uso. No obstante, para tener el cien por cien de los servicios y de los derechos, como cualquier otro propietario en suelo urbano, también se exigirán el cien por cien de las obligaciones, se insiste.

Con el cambio se pretende acompasar el proceso de regularización a la realidad y que no siga enquistado. Alberto Sanromán, concejal en el Ayuntamiento de Carmona, recuerda que lo que se ha propuesto ahora a través de una enmienda del grupo socialista fue una reclamación constante de su ayuntamiento y del PP en el Parlamento: que se "suavizaran" de alguna forma las exigencias para recepcionar las infraestructuras en estas zonas ya consolidadas.

Dejando a un lado las urbanizaciones, el decreto 2/2012 sí que preveía más respuestas para las viviendas aisladas, cuya infracción esté prescrita y no se alcen en suelo de especial protección o inundable. Los municipios con avances de planeamiento o declaraciones de innecesariedad y una ordenanza específica aprobada, pueden otorgarles los certificados de Asimilado al Régimen de Fuera de Ordenación (AFO) si cumplen determinados requisitos: que la construcción esté terminada con unas condiciones mínimas de habitabilidad y salubridad y de uso para el fin previsto, pagar las tasas y las licencias que se determinen. Con el AFO, se puede inscribir ya en el Registro de la propiedad, pedir licencia de obras de mantenimiento y conservación (nunca de ampliación) y contratar suministros esenciales.

Pero, en contra de lo que cabría esperar dada la preocupación de muchos por las denuncias, estos certificados tampoco se están generalizando en la mayoría de los municipios consultados. Según explican en Arahal, el primer municipio en aprobar su avance de planeamiento de viviendas en suelo rústico, se han emitido alrededor de 40 que, en al menos cinco casos, han servido ante un juez para paralizar órdenes de demolición en la vía penal, aunque no han librado del resto de la condena. Pero se topan a la hora de emitir otros con que no se puede porque el artículo 185 de la LOUA fijó que la infracción por edificar en suelo rústico prescribe a los seis años, normalmente, pero no la segregación del terreno sin permiso desde que la Ley se promulgó, en 2002. Es otra de las cosas que se van a modificar con el cambio legislativo que se tramita y que se completará en unos meses en el Parlamento. Arahal estima que con ello los AFO se multiplicarán por diez o veinte.

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