Aparcar en el carril bus o parar en una curva ya no restará puntos

Las infracciones que reducen el saldo del carné pasan de 27 a 20, por lo que el conductor saldrá beneficiado con esta norma

Un coche pasa junto a un carril bus.
Un coche pasa junto a un carril bus.
C. Gavira · Agencias / Sevilla

25 de noviembre 2009 - 05:01

Hoy nadie perderá puntos por aparcar en el carril bus o en una curva. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer la nueva Ley de Tráfico, que reduce el catálogo de conductas por las que pueden perderse puntos y simplifica el procedimiento sancionador, algunos de cuyos efectos -los que supongan beneficios para el infractor- entran hoy en vigor.

La nueva Ley de Tráfico actualiza el permiso de conducir por puntos y reduce de 27 a 20 los supuestos que ocasionan pérdida de puntos, por lo que desde hoy los procedimientos sancionadores abiertos por conductas que antes suponían perder puntos y ahora no serán archivados. Se suprime por ejemplo la pérdida de puntos por estacionar en el carril bus, por lo que aquellos conductores que tienen abierto un expediente por una de estas causas ya no perderán sus puntos, pero se mantendrá la sanción económica.

La nueva ley también supondrá que el conductor que en el momento de la entrada en vigor de la misma esté cumpliendo -por ejemplo- una sanción de suspensión temporal del permiso por un mes por una conducta que ya no es sancionada podrá conducir sin problemas desde mañana.

No obstante, a quien ya se le hayan retirado los puntos de forma firme por conductas que ahora no acarrean esa sanción no le serán devueltos. El resto de las medidas que contempla la nueva Ley de Tráfico, y que no suponen efectos favorables para los infractores, entrarán en vigor dentro de seis meses o un año, según los casos, tal y como establece la norma en una de sus disposiciones finales.

Uno de los objetivos principales de la ley es "singularizar y definir una serie de deberes para el titular del vehículo implicándolo de un modo activo en la responsabilidad de su circulación".

En ese sentido, se establece la obligación del titular de un vehículo, que no es el conductor habitual del mismo, de conocer no sólo quién hace uso del coche en cada momento, sino también si cuenta con la autorización necesaria para conducirlo, así como el deber de comunicar a la administración quién conducía dicho vehículo cuando se detecta una infracción. El nuevo procedimiento sancionador establece también una nueva forma de tramitar las sanciones para agilizar los "tiempos" en la notificación de las multas por internet.

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