Machetes y otras armas ilegales en España
Cómo funciona la legislación en España para el control de armas y a cuánto asciende la multa por la posesión de las mismas.
Bandas juveniles en España: cuáles son y cómo operan
Desde que falleciera la pasada semana un menor en Madrid a manos de una banda juvenil, el debate de las pandillas y la posesión de armas blancas está copando los informativos del país. El arma empleada para sesgar la vida del joven fue un machete, y tras la investigación exhaustiva de varios medios, se ha podido comprobar que la obtención de un arma de estas características es mucho más sencilla de lo que, a priori, podríamos imaginar.
La realidad es que se pude llegar a comprar un machete incluso en ferreterías por un valor en torno a los 20 euros. Y es que el reglamento de armas exige ciertos requisitos, pero en la práctica la situación es muy distinta.
Qué dice la Ley sobre la obtención y posesión de armas
A excepción de los museos o de aquellos organismos que están explícitamente autorizados para su tenencia y uso, se considerarán prohibidas o ilegales las siguientes armas:
Armas prohibidas en España
Siguiendo lo reflejado en el artículo 4 del Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, BOE 55/1993), se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas:
- Armas de fuego que sean resultado de modificar sustancialmente las características de fabricación u origen de otras armas, sin la oportuna autorización de modelo o prototipo.
- Armas largas que contengan dispositivos especiales, en su culata o mecanismos, para alojar pistolas u otras armas.
- Pistolas y revólveres que lleven adaptado un culatín.
- Armas de fuego para alojar o alojadas en el interior de bastones u otros objetos.
- Armas de fuego simuladas bajo apariencia de cualquier otro objeto.
- Bastones-estoque, los puñales de cualquier clase y las navajas llamadas automáticas. Se considerarán puñales a estos efectos las armas blancas de hoja menor de 11 centímetros, de dos filos y puntiaguda.
- Armas de fuego, de aire u otro gas comprimido, reales o simuladas, combinadas con armas blancas.
- Defensas de alambre o plomo, los rompecabezas, las llaves de pugilato, con o sin púas, los tiragomas y cerbatanas perfeccionados, los munchacos y xiriquetes; así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.
¿Es legal la posesión de machetes u otras armas blancas?
En concreto, el reglamento prohíbe el uso a particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes.
Su venta requiere la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos. Sin embargo, son muchos los establecimientos o páginas web que venden este tipo de instrumentos sin exigir ningún tipo de documentación,
Igualmente está prohibida comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda los 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.
También te puede interesar
Lo último