El TSJC avala prohibir el 'burka' en instalaciones municipales de Lérida
La ciudad catalana fue la primera en vetar el velo islámico en España. Un recurso de una asociación musulmana tenía suspendida la prohibición.
Lérida/El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dado validez a la prohibición del burka'y el niqab y otras prendas que tapen el rostro en edificios municipales de Lérida en una sentencia conocida este miércoles en la que desestima el recurso contra la prohibición presentado por la asociación musulmana Watani.
En declaraciones a Europa Press, el abogado de Watani, Carles Antolí, ha asegurado que recurrirá la sentencia en el Tribunal Supremo (TS). Según Antolí, la sentencia considera que el Ayuntamiento tiene competencia en materia sancionadora, un argumento en el que el letrado discrepa porque el motivo del recurso no es una sanción, sino una prohibición.
Los magistrados apuntan también a que la ordenanza afecta a la convivencia ciudadana y a la seguridad dentro de los recintos municipales: "Como entienden ellos que ir tapado puede afectar a la convivencia con otras personas y como en materia de seguridad tiene competencia el Ayuntamiento, entienden que sí es aplicable", ha resumido Antolí.
Lérida fue la primera ciudad española en que se aprobó de forma definitiva la prohibición del velo islámico, el 8 de octubre de 2010, y entró en vigor el 9 de diciembre pero a mediados de enero, debido al recurso de Watani, el TSJC suspendió de manera cautelar el acuerdo del Ayuntamiento hasta la sentencia de este miércoles.
Antolí ha sostenido siempre que la medida vulnera los derechos fundamentales y supone una discriminación por razones religiosas
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