La ciudad y los días
Carlos Colón
Montero, Sánchez y el “vecino” Ábalos
Un jurado federal en California ha ordenado a Apple pagar 634 millones de dólares a la compañía de dispositivos médicos Masimo Corp., tras determinar que la compañía tecnológica infringió cuatro reivindicaciones de una patente clave de pulsioximetría.
La resolución, una de las mayores indemnizaciones por infracción de patentes en el Distrito Central de California en el ámbito de la electrónica de consumo, concluye además que determinados modelos del Apple Watch califican legalmente como “monitores de pacientes”.
El fallo pone fin -al menos en esta instancia- a un litigio que se ha prolongado durante años y que gira en torno a la integración de Apple de tecnología médica avanzada en sus relojes inteligentes vendidos entre 2020 y 2022.
Masimo reclamaba que Apple se apropió indebidamente de innovaciones desarrolladas para la monitorización clínica y las trasladó al mercado de consumo masivo.
Los jurados coincidieron con la versión de Masimo y rechazaron los intentos de Apple de limitar la cuantía de los daños a un rango de entre 3 y 6 millones de dólares. La compañía médica había solicitado entre 634 y 749 millones.
Tras conocerse el veredicto, Masimo calificó la decisión como “una victoria significativa” en la protección de sus innovaciones y reiteró su compromiso de defender su propiedad intelectual.
Apple, por su parte, anunció que apelará el fallo y sostuvo que la decisión “contradice los hechos”, destacando que la patente ya expiró en 2022 y que se refiere a tecnología histórica de monitorización.
La disputa se centró en una cuestión de interpretación: si un Apple Watch podía considerarse un monitor de pacientes a efectos de la patente de Masimo.
La defensa de Apple sostuvo que este término solo describe dispositivos clínicos diseñados para monitorización continua que no pueden permitirse fallar en eventos médicos graves.
Argumentaron que las alertas de frecuencia cardiaca del Apple Watch requieren que el usuario permanezca inmóvil durante diez minutos, lo que -según su tesis- impediría equipararlo a un monitor clínico.
Masimo defendió lo contrario. Señaló que Apple se refiere internamente al Apple Watch como “el monitor cardíaco más utilizado del mundo” y que su empleo por parte de profesionales y pacientes lo acerca funcionalmente a un dispositivo de monitorización clínica.
La compañía especializada en dispositivos médicos subrayó que incluso el experto técnico de Apple reconoció que todos los elementos de la patente se cumplían salvo la interpretación del término “monitor de pacientes”.
Los jurados también evaluaron comparaciones técnicas. Masimo aseguró que el Apple Watch detecta episodios de frecuencia cardiaca elevada en reposo con un 95% de sensibilidad, cumpliendo los requisitos de la patente. Apple insistió en que su dispositivo persigue una función distinta a la de los monitores clínicos tradicionales y, por tanto, no debe considerarse dentro del mismo ámbito de protección.
Durante el juicio, Masimo destacó que Apple optó por mejorar sus notificaciones de frecuencia cardiaca elevada, en lugar de volver a versiones previas tras conocer la patente reivindicada.
Ese comportamiento, según la firma médica, evidenciaría la importancia de la funcionalidad incorporada y la pertinencia de su reclamación.
Apple, por su parte, recordó que Masimo ha presentado más de 25 demandas por patentes contra la compañía en distintos foros durante los últimos seis años, de las cuales -afirma- la mayoría han sido invalidadas. La tecnológica subrayó además que Masimo “no vende productos al consumidor”, sugiriendo que su objetivo sería obstaculizar la competencia en wearables de salud.
Este caso es solo una pieza dentro del complejo mosaico legal entre ambas compañías, que incluye litigios por patentes, acusaciones de robo de secretos comerciales, disputas laborales y resoluciones de organismos reguladores.
Masimo acusa a Apple de haber contratado a varios de sus empleados -incluido su director médico- para supuestamente obtener conocimientos clave sobre tecnología de pulsioximetría y aplicarlos en el Apple Watch.
Esa acusación forma parte de una demanda por robo de secretos comerciales que terminó en juicio nulo en 2023 ante la imposibilidad del jurado de alcanzar un veredicto unánime. El caso deberá repetirse.
Apple también ha contraatacado. La compañía obtuvo un veredicto simbólico de 250 dólares en un juicio en Delaware, donde se determinó que los relojes de Masimo infringían dos patentes de diseño de Apple.
A finales de 2023, la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC) determinó que Apple infringía patentes de Masimo relacionadas con la medición de oxígeno en sangre, lo que desembocó en un bloqueo a la importación de los Apple Watch Series 9 y Ultra 2.
Para evitar el veto, Apple retiró temporalmente la funcionalidad de lectura de oxígeno en sangre de algunos modelos y, en agosto de 2024, presentó una nueva versión del sistema de medición, donde los cálculos se realizan en el iPhone emparejado, en lugar del reloj.
La nueva solución recibió autorización de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) para permitir la entrada de los dispositivos, pero Masimo considera que el rediseño sigue vulnerando sus derechos.
Por ello, mantiene una demanda contra la agencia aduanera, mientras Apple impulsa ante un tribunal federal la revocación del veto original de la ITC.
En un giro adicional, la ITC decidió recientemente abrir un nuevo procedimiento para determinar si la versión actualizada del Apple Watch también debe estar sujeta a prohibición.
El conflicto entre Apple y Masimo ilustra la creciente fricción entre empresas de tecnología de consumo y fabricantes de dispositivos médicos, a medida que los wearables incorporan funciones de salud históricamente reservadas a entornos clínicos.
La definición de lo que constituye un “monitor de pacientes” y la delimitación de los derechos de propiedad intelectual en este terreno emergente podrían influir en la evolución de productos, estándares regulatorios y estrategias de diseño en los próximos años.
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