Culpable sólo de imprudencia por la muerte de su pareja, que cayó al canal

El jurado declara probado por unanimidad que golpeó con fuerza la cabeza de la víctima con un cubo de zinc pero lo hizo con intención de lesionarla, no de matarla

Jorge Muñoz

15 de julio 2011 - 05:01

dos hermanas/El jurado popular ha declarado culpable sólo de delitos de lesiones y de homicidio imprudente a Antonio D. M., el vecino de Dos Hermanas que en la mañana del 1 de julio de 2009 golpeó hasta en cinco ocasiones con un cubo de zinc en la cabeza a su compañera, Isabel P. C., que falleció ahogada al caer en el Canal de los Presos. El veredicto hecho público anoche considera probado por unanimidad que el acusado golpeó "repetida y fuertemente en la cabeza" a la víctima con el cubo parcialmente lleno de agua, pero considera que esta agresión se produjo con la intención de lesionar, no de matar. El jurado advierte de que el acusado se representó la posibilidad de que podía causarle la muerte a su pareja por una acción que en todo caso considera imprudente, no dolosa. El veredicto precisa en este sentido que el acusado sabía que al golpearla con el cubo -con el que habían estado lavando patatas- podría llegar a matarla, bien por efecto directo de los golpes o porque Isabel P. C. pudiera caer al canal a raíz de estos golpes.

Con este veredicto, tanto la Fiscalía como las acusaciones ejercidas por la Abogacía del Estado, la Junta de Andalucía y los hijos de la fallecida, han tenido que modificar sus conclusiones definitivas, en las que pedían una condena de 12 años y medio por un delito de homicidio, y rebajar su solicitud hasta los nueve años, cuatro por el delito de homicidio por imprudencia y cinco años por las lesiones.

La defensa del acusado, que ejerce la abogada Paloma Pérez Sendino, solicitó únicamente una condena de cuatro años de cárcel, al estimar que en este caso se produce un "concurso ideal" de los delitos de lesiones y homicidio imprudente, por lo que los hechos deben de castigarse con la pena máxima del delito más grave. Paloma Pérez Sendino mostró su satisfacción por el veredicto del jurado popular, puesto que, según dijo, el dictamen recoge el sentido de la calificación inicial que la defensa planteó al inicio de la vista oral.

En el juicio, Antonio D. M. reconoció que propinó dos golpes con el cubo a su compañera, pero negó que tuviera intención de matarla, ya que, según precisó, tras los golpes, la mujer cayó al canal de manera fortuita sin que pudiera socorrerla ante la fuerza de la corriente y el hecho de que él no sabe nadar.

Los forenses aseguraron en el juicio que la víctima recibió hasta cinco golpes en la cabeza con especial virulencia y no sólo dos, como había mantenido el procesado. La Audiencia deberá dictar sentencia con el criterio que debe exponer la magistrada que ha presidido el tribunal.

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