La aldaba
Carlos Navarro Antolín
Nos libramos de pasar vergüenza
El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha modificado este martes 10 de noviembre una "corrección de errores" que se llevan a cabo en el marco de los niveles de alerta 3 y 4 que se encuentran instaurados en el territorio andaluz debido a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus.
La Junta de Andalucia ha ampliado las actividades esenciales "exceptuadas" de la limitación horaria de las 18:00 al comercio mayorista, el alquiler de vehículos y servicios de restauraciónen alojamientos turísticos, centros sanitarios y educativos, centros de trabajo y establecimientos de suministro de combustible.
El pasado domingo, cuando Juanma Moreno, Presidente de la Junta, anunció las nuevas medidas y restricciones de cierre perimetral de Andalucía y sus municipios, toque de queda de 22:00 a 07:00 y cierre de la actividad no esencial a las 18:00, también afirmó que la actividad industrial quedaba "exceptuada". Pues bien, ahora a ella se unen los sectores citados anteriormente.
El BOJA dejaba al margen de dicha limitación horaria a las "estaciones de inspección técnica de vehículos", a la que la corrección del BOJA suma el "alquiler de vehículos", además de:
Además, la última corrección del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía incorpora otras cinco actividades que se exceptúan durante el toque de queda:
La entrada y salida de Andalucía sólo podrá producirse mediante un "desplazamiento adecuadamente justificado". En cuanto al tránsito entre municipios recogido en el artículo 3, se añade además la posibilidad de desplazamientos debido a "el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial". Si no es el caso, los desplazamientos deben ser "necesarios o imprescindibles".
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