La Junta multará a quien use una tarjetas de aparcamiento para discapacitados sin ser su titular

El Gobierno andaluz prepara una remodelación de la ley de discapacidad que contempla sanciones para quien se aproveche de la tarjeta de estacionamiento y no sancionará sólo al titular de la misma

Una plaza de aparcamiento reservada para personas con discapacidad en Granada
Carlos Rocha

11 de mayo 2020 - 14:21

La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación tiene en cartera una reforma de la ley andaluza de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad cuando todavía no se han cumplido dos años y medio de la aprobación de esta norma, una de las más importantes que impulsó el Gobierno socialista en la pasada legislatura. La remodelación, muy escueta, tiene por objetivo controlar el uso indebido de las tarjetas de aparcamientos para personas con discapacidad y garantizar la accesibilidad de estos ciudadanos a las gasolineras en el territorio andaluz.

La reforma, que echó a andar a finales de enero, modificará el régimen de sanciones de la mencionada ley después de comprobar que es habitual el uso indebido de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida. Este documento, es personal e intransferible y sólo puede utilizarlo el titular del mismo, ya sea como conductor o como pasajero del vehículo. Según se indica en la memoria justificativa de esta reforma, la infracción más común es el uso de esta tarjeta por parte de terceros, ya sea portando el documento original e, incluso, una fotocopia.

En la norma aprobada en 2017 se contempla que los usos indebidos de este permiso para aparcar tengan como castigo la retirada del mismo al titular, pero quedaba impune el uso por parte de terceros. La reforma de la ley busca acabar con esta situación considerada “injusta”. Una vez que se apruebe, las personas que aparquen en estacionamientos reservados para personas con movilidad reducida sin ser los titulares de la tarjeta incurrirán en una infracción leve. Esto quiere decir que las multas, que corresponde ponerlas a la Policía Local, pueden ir de los 301 a los 30.000 euros.Además, también se retirará al titular el permiso por un periodo que irá de uno a seis meses.

Accesibilidad a gasolineras sin trabajadores

Para hacer posible esta reforma, la Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión propone remodelar el artículo 85.2, referente a las sanciones relacionadas con el uso indebido de la tarjeta de aparcamiento, pero el nuevo anteproyecto también alude al artículo 50.3 referente a la accesibilidad de las personas con discapacidad a gasolineras.

El objetivo de esta segunda renovación es adecuar la ley de 2017 a una normativa europea que obliga a conjugar la garantía de acceso con el principio de libertad de establecimiento. La ley andaluza establece que en las estaciones de servicio debe haber personal debidamente cualificado que asista a las personas con discapacidad. No obstante, en febrero de 2018, la Comisión Europea alertó a las delegaciones de las comunidades autónomas en Bruselas que “la obligación de la presencia de personal en las gasolineras es contraria a la libertad de establecimiento”.

Según figura en la memoria justificativa de la norma, para Andalucía y otras regiones españolas, “resultaba muy clara la necesidad de apoyo a la hora de suministrar combustible cuando el cliente tiene determinados tipos de discapacidad”. Se trata de “una situación de agravio” que no ha sido percibida por las autoridades comunitarias. De hecho, “en el norte de Europa existen gasolineras desatendidas desde hace muchos años y nunca se había planteado un conflicto de discriminación por discapacidad”, apuntan desde la consejería que dirige Rocío Ruiz.

La Comisión Europea llego incluso a iniciar un proceso que podría acabar en una sanción para Andalucía, que tenía hasta el 15 de enero pasado para poner en marcha las medidas necesarias para acabar con este incumplimiento de la legislación europea. En la última comunicación de Bruselas, se ponía como ejemplo las reformas puestas en marcha por Navarra, Baleares y Extremadura, región en la cual se inspira la Junta para adaptar su norma a la europea. La reforma garantizará la presencia de un trabajador en horario diurno –de 07:00 a 22:00– si las instalaciones de la gasolinera no están adaptadas según los criterios europeos de accesibilidad.

Industria no revisará la accesibilidad de las gasolineras sin trabajadores

Entre los distintos informes que la reforma de esta ley lleva aparejados destaca, sobre todo, el emitido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, dependiente de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía. Al afectar a la regulación de las gasolineras y estaciones de servicio, el departamento de Juan Bravo figura como parte interesada y, aunque no pone objecciones, sí asegura que dicha Dirección General, bajo la responsabilidad de Fernando Arauz de Robles, no se encargará de controlar el cumplimiento de las obligaciones que figuran en la reforma. El informe de dicho organismo recuerda que los requisitos de seguridad industrial en las gasolineras se acreditan con un sistema de declaraciónresponsable.

Además, el departamento dirigido por Arauz de Robles recuerda que no hara comprobaciones previas y a posteriori de que las instalaciones incluidas en la reforma cumplan las condiciones de accesibilidad recogidas en la nueva ley. La Dirección General de Industria Energía y Minas sugiere que se contemple en la redacción del texto qué órgano va a hacer el control, ya que no es de su competencia, como tampoco lo es comprobar que hay un trabajador en las gasolineras durante el referido horario diurno.

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