El Supremo absuelve a un guardia civil acusado de matar a un marroquí
El tribunal considera que la alerta por terrorismo islámico justificó el disparo en el puerto de Algeciras
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución por homicidio imprudente de un guardia civil que mató en marzo de 2008 a un joven de 21 años durante una persecución en Algeciras al considerar que la situación de alerta por terrorismo islámico justificaba que el agente le disparara para frustrar su fuga. Así lo ha ordenado el Supremo en una sentencia en la que desestima el recurso de la familia del fallecido contra la resolución de la Audiencia Provincial de Cádiz, que absolvió al agente de un delito de homicidio por imprudencia grave el 31 de mayo de 2011.
El tribunal provincial consideró probado que el 17 de marzo de 2008 se recibió una comunicación por radio alertando de que tres ocupantes de un vehículo que circulaba por el puerto de Algeciras intimidaron con una pistola a dos trabajadores que viajaban en otro coche tras mantener una disputa por cuestiones de tráfico.
Tras recibir la noticia, y estando en vigor en ese momento la alarma antiterrorista, dos agentes de la Guardia Civil, entre ellos el acusado, se dirigieron a la rotonda en la que detectaron el coche denunciado, aunque ya no se encontraba allí, por lo que optaron por dirigirse a la zona norte del puerto, donde comprobaron que otra patrulla ya estaba en misión de seguimiento. El coche con los tres ocupantes, que circulaba a una velocidad excesiva, hizo caso omiso a las órdenes de los agentes que le perseguía. El vehículo llegó a embestir a este agente, y sólo "una ágil maniobra de evasión" impidió su atropello. Para lograr que el vehículo se parase, el agente efectuó un disparo al aire pero como el coche seguía circulando, dirigió otros tres a las ruedas. Una de las balas atravesó el maletero y prosiguió hacia el respaldo del conductor, el joven que falleció.
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