Hacienda retiene hasta 32.000 euros del primer premio de la Lotería del Niño 2026

La Agencia Tributaria aplica las mismas normas fiscales que en el sorteo de Navidad, con una retención del 20% sobre importes superiores a 40.000 euros

Lotería del Niño 2026: horario y dónde ver el sorteo

Tras la Lotería de Navidad, comienzan las colas para comprar la del Niño
Tras la Lotería de Navidad, comienzan las colas para comprar la del Niño / Europa Press

Sevillla, 05 de enero 2026 - 14:26

El Sorteo Extraordinario de la Lotería del Niño, que se celebrará el 6 de enero de 2026, mantiene idénticas condiciones fiscales respecto al sorteo de Navidad del 22 de diciembre. Aunque existe la percepción generalizada de que Hacienda muestra mayor benevolencia con este sorteo, la realidad es que la Agencia Tributaria aplica exactamente las mismas reglas de tributación en ambas convocatorias, con una retención del 20% sobre la parte del premio que supera los 40.000 euros.

La normativa fiscal establece que únicamente tributan los premios superiores a 40.000 euros, cantidad a partir de la cual se retiene automáticamente el 20% del excedente al cobrar en la entidad bancaria. Los agraciados con premios de 40.000 euros o inferiores reciben el importe íntegro, sin obligación de incluirlo en la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta exención beneficia a la inmensa mayoría de premiados en el Sorteo del Niño, cuya estructura está diseñada para repartir cantidades menores pero más distribuidas que en la Lotería de Navidad.

El primer premio del Sorteo del Niño otorga 200.000 euros por décimo, el segundo 75.000 euros y el tercero 25.000 euros. Esta configuración resulta notablemente inferior a los 400.000 euros del Gordo de Navidad, lo que repercute directamente en la retención fiscal aplicada por la Agencia Tributaria y explica por qué la recaudación del Estado es considerablemente menor en este sorteo de enero.

Retención fiscal del primer y segundo premio

En el caso del primer premio de 200.000 euros por décimo, Hacienda aplica la exención sobre los primeros 40.000 euros, mientras que los 160.000 euros restantes quedan sujetos al gravamen del 20%. Esta operación supone una retención de 32.000 euros en concepto de impuestos, de modo que el agraciado recibe finalmente un ingreso neto de 168.000 euros en su cuenta bancaria.

El segundo premio experimenta un proceso tributario similar. De los 75.000 euros que corresponden al décimo premiado, los primeros 40.000 euros están exentos de tributación, mientras que sobre los 35.000 euros restantes se aplica la retención del 20%. En consecuencia, Hacienda retiene 7.000 euros y el ganador dispone de 68.000 euros netos, una cantidad que no requiere declaración adicional ni genera obligaciones fiscales posteriores para el beneficiario.

El tercer premio queda libre de impuestos

La principal diferencia respecto al sorteo navideño surge con el tercer premio, dotado con 25.000 euros al décimo en el Sorteo del Niño. Al situarse por debajo del umbral de tributación de 40.000 euros, esta cuantía queda totalmente exenta de retenciones y se cobra en su totalidad sin merma alguna. Esta circunstancia contrasta con el tercer premio de la Lotería de Navidad, que asciende a 50.000 euros por décimo y sí está sujeto a tributación por los 10.000 euros que exceden la base exenta.

Del mismo modo, el resto de premios menores del Niño, incluidas las terminaciones, aproximaciones y reintegros, también quedan completamente libres de impuestos. Esta característica convierte al Sorteo del Niño en un sorteo especialmente atractivo desde el punto de vista fiscal para la mayoría de los agraciados, aunque los premios principales sean de menor cuantía que en Navidad.

Diferencias con la Lotería de Navidad en premios y recaudación

La clave para comprender por qué Hacienda retiene menos en el Sorteo del Niño reside en la configuración de los premios. La Lotería de Navidad concentra cantidades considerablemente superiores en los premios principales: el Gordo alcanza 400.000 euros por décimo, el segundo premio 125.000 euros y el tercero 50.000 euros. Dada la exención idéntica de 40.000 euros, la retención del 20% se aplica sobre 360.000 euros en el Gordo, lo que significa que el fisco retiene 72.000 euros y el agraciado obtiene 328.000 euros netos.

Tanto el segundo como el tercer premio de Navidad superan el umbral exento y están sujetos a tributación. Además, la bolsa total de premios de la Lotería de Navidad ascendió en 2024 a 2.590 millones de euros, con una facturación superior a los 3.500 millones de euros, de modo que la cantidad de dinero sometida a retención resulta muy superior a la del Sorteo del Niño.

En contraste, el Sorteo del Niño reparte 770 millones de euros en premios, distribuidos en 37.920 galardones. La mayoría de estos premios se sitúan por debajo de la base exenta de 40.000 euros, por lo que el impuesto únicamente afecta a los premios principales, y en menor medida que en Navidad. El importe sujeto a retención en el primer premio del Niño es de 160.000 euros, frente a los 360.000 euros del Gordo navideño, lo que explica la diferencia de 40.000 euros en la retención fiscal entre ambos sorteos.

Qué es el Sorteo Extraordinario de la Lotería del Niño

El Sorteo Extraordinario del Niño es uno de los sorteos más tradicionales de la Lotería Nacional española, celebrado anualmente el 6 de enero, coincidiendo con la festividad de la Epifanía del Señor. Su origen se remonta al año 1941, cuando se estableció como complemento al Sorteo de Navidad para ofrecer una segunda oportunidad a los jugadores tras las fiestas navideñas.

A diferencia de otros sorteos ordinarios, el Niño cuenta con una dotación especial de premios y un mayor número de décimos en circulación. La estructura del sorteo contempla un primer premio de 200.000 euros por décimo, además de segundos, terceros premios y múltiples reintegros. La emisión alcanza los 100.000 números, del 00000 al 99999, con una serie de 9 décimos por número.

Este sorteo se ha consolidado como una de las loterías más populares de España, con una participación masiva que convierte el 6 de enero en una jornada de expectación y celebración para millones de hogares españoles. La tradición familiar de compartir décimos se mantiene especialmente arraigada en este sorteo, que cierra simbólicamente el periodo festivo navideño.

¿Cómo tributan los premios de lotería en la declaración de la renta?

Los premios de lotería no se incluyen en la declaración del IRPF cuando son inferiores a 40.000 euros, ya que la retención se practica en origen al cobrar el premio. La entidad bancaria que abona el premio es la responsable de aplicar automáticamente la retención del 20% sobre el excedente de 40.000 euros y de ingresar dicha cantidad a la Agencia Tributaria.

El agraciado recibe un justificante del premio cobrado que especifica el importe bruto, la retención practicada y la cantidad neta percibida. Este documento tiene carácter meramente informativo y no genera obligaciones adicionales en la declaración anual, salvo que se solicite específicamente por parte de Hacienda en caso de inspección o comprobación.

¿Se pueden reclamar impuestos pagados por premios de lotería?

No existe posibilidad de reclamar o recuperar los impuestos retenidos sobre premios de lotería, ya que se trata de una retención definitiva establecida por ley. La Ley 16/2012, de 27 de diciembre, introdujo este gravamen sobre los premios superiores a 40.000 euros y el porcentaje de retención ha permanecido estable en el 20% desde entonces.

Esta retención tiene carácter liberatorio, lo que significa que una vez practicada, el contribuyente queda liberado de cualquier obligación fiscal adicional relacionada con ese premio. No es necesario declararlo en el IRPF ni tampoco se puede solicitar devolución alguna, independientemente de la situación fiscal personal del premiado.

¿Qué premios del Sorteo del Niño están exentos de impuestos?

Todos los premios inferiores a 40.000 euros están completamente exentos de tributación en el Sorteo del Niño de 2026. Esto incluye el tercer premio de 25.000 euros, los cuartos premios de 12.000 euros, los quintos de 6.000 euros, así como las aproximaciones, centenas, terminaciones y el reintegro.

En términos prácticos, esto significa que solo el primer y segundo premio están sujetos a retención fiscal, mientras que el resto de las 37.918 categorías de premios restantes se cobran íntegramente. Esta característica convierte al Sorteo del Niño en un sorteo especialmente favorable desde el punto de vista fiscal para la inmensa mayoría de los agraciados.

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