Más de 85.000 contratos vencen en Andalucía en 2026: ¿Cuánto subirán los alquileres?
El Ministerio de Consumo estima un incremento medio de 1.735 euros anuales a nivel estatal, al tener en cuenta la evolución del precio del metro cuadrado
¿Se puede prorrogar un contrato de alquiler de forma indefinida? El Tribunal Supremo establece estos dos requisitos
El final de la pandemia de covid-19 trajo consigo la reactivación progresiva del mercado del alquiler en España. Muchos de los contratos firmados entonces están ahora a punto de caducar, una vez transcurrido el periodo de duración mínima de cinco años que marca la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), por lo que podrán renovarse. No obstante, el precio de los alquileres no ha dejado de subir desde entonces.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 calcula que en 2020 se firmaron 568.500 contratos que ya se habrían renovado a lo largo de este año, según datos extraídos del Panel de Hogares elaborado por el INE y Hacienda. En 2021, esta cifra se incrementa hasta los 632.369 contratos, por lo que la revisión prevista para 2026 será aún mayor. Pero ¿cuánto podrían subir?
La renta se encarecerá en 160 euros en Andalucía
Consumo estima un encarecimiento medio por vivienda de 1.735 euros anuales, si se considera la evolución del precio medio del metro cuadrado en los últimos cinco años. En Andalucía, 85.491 contratos de alquiler que afectan a más de 200.000 personas vencen en 2026. Se estima una subida de 1.952 euros anuales de media, lo que equivale a 162 euros más de cuota mensual y la convierte en la sexta comunidad donde más se encarecerán los alquileres.
El caso más extremo es el de Baleares, donde la renta media podría crecer hasta 383 euros al mes, algo más de 4.600 euros al año. A continuación, le sigue la Comunidad Valenciana, donde los alquileres subirían una media de 2.686 euros el próximo año. Completan el 'top 5' de las regiones en que más se encarece la vivienda de alquiler Canarias (2.267 euros), Madrid (2.042 euros) y Cantabria (1.969 euros).
Entre noviembre de 2020 y noviembre de 2025, el precio medio del metro cuadrado en Andalucía ha pasado de los 8,6 euros hasta los 12,7 euros, lo que implica un crecimiento del 47%, según datos del portal inmobiliario Idealista. Para los inquilinos de un piso de 80 metros cuadrados, ello significa pasar de pagar 688 a 1.016 euros al mes, es decir, 328 euros más (3.936 euros anuales).
Si el propietario no avisa, el contrato se prorroga tácitamente
El artículo 10 de la LAU contempla que transcurridos los cinco primeros años de duración inicial del contrato, este podrá prorrogarse por plazos anuales hasta un máximo de tres años más cuando no exista comunicación expresa por parte del propietario. En caso contrario, el arrendador deberá notificar formalmente al inquilino su voluntad de renovar el contrato con al menos cuatro meses de antelación a la fecha de finalización de la última prórroga.
Así, en el caso de un contrato firmado originalmente en mayo de 2021, prorrogado hasta mayo de 2026, el propietario deberá avisar al inquilino en enero de 2026, tanto si su intención es que abandone la vivienda u ofrecerle un nuevo contrato que recoja el incremento de la renta mensual. Si es el inquilino quien desea renovar la vivienda, tendrá que comunicárselo al propietario dos meses antes, por tanto, en marzo de 2026. De no producirse esta comunicación, el contrato quedará prorrogado automáticamente hasta mayo de 2027.
Además, en virtud del principio de la autonomía de la voluntad, la duración de un contrato de alquiler puede extenderse más allá de los plazos que contempla la ley cuando ambas partes estén de acuerdo. Pasado el periodo de duración mínima, el contrato podrá regirse por la tácita reconducción, es decir, la renovación automática mientras el inquilino ocupe la vivienda y el propietario no se oponga.
Del mismo modo, los contratos pueden incluir una cláusula de prórroga indefinida, de forma que el arrendador no podrá imponerse a la renovación del contrato mientras el inquilino mantenga su voluntad de permanecer en la vivienda, con un límite legal de 30 años.
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