Andalucía

Un hombre es condenado a casi 14 años por violar a su hija adoptiva

  • La Audiencia de Jaén considera probado que el acusado cometió el delito de forma continuada

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a un vecino de Baeza a 13 años y seis meses de prisión al considerar probado que violó a su hija adoptiva en numerosas ocasiones durante más de siete años. Además, le impone otros seis meses de cárcel por haber quebrantado la medida de alejamiento que tenía contra la joven, mientras que absuelve a la madre, acusada como cooperadora necesaria de las agresiones, porque no queda suficientemente probado que conociese los hechos.

La sentencia recoge que Andrés M. P., de 42 años, "movido por un ánimo manifiestamente libidinoso, atentó contra la indeminidad sexual de su hija adoptiva en múltiples ocasiones", de las que la entonces menor pudo concretar varias que se produjeron en el domicilio familiar "y siempre bajo la amenaza de causar grave daño a su madre, hermana o abuelos paternos en caso de que se atreviese a denunciar lo que le hacía". Como consecuencia, la joven, que ahora tiene 19 años, presentó trastornos psicológicos.

El tribunal basó su fallo en la declaración de la víctima, que consideró "prueba de cargo directa para enervar la presunción de inocencia". En este sentido, destacó que durante el juicio fue posible "percibir la emoción y el gran sufrimiento producido por los hechos que relataba con absoluta credibilidad y veracidad". A ello, según indicó, se suman las pruebas periciales "como elemento de corroboración".

En conclusión, por un delito de agresión sexual continuada impone a Andrés M.P. trece años y seis meses de prisión, además de la prohibición de comunicar y acercarse durante 15 años a su hija adoptiva, a la que tendrá que indemnizar con 25.000 euros. Igualmente, lo condena a otros seis meses de cárcel por haber quebrantado una orden de alejamiento, si bien lo absuelve de un delito de malos tratos habituales.

En cuanto a Fernanda L.J., madre de la víctima, el tribunal la absuelve de un delito de agresión sexual continuada como cooperadora necesaria, tal y como sostenía el fiscal, ya que "no ha quedado suficientemente acreditado que tuviera conocimiento de los hechos cometidos por su marido (...) aun cuando lo hubiera podido sospechar, pero siempre sin conocer su exacta naturaleza y su existencia real".

En el juicio, que se celebró el pasado 20 de abril, el acusado negó en todo momento que hubiese violado y agredido sexualmente de su hijastra y argumentó que ella "mentía" para hacerle daño. Por ello, se mostró sorprendido al conocer la denuncia que la joven interpuso contra él en el año 2006.

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