Cómo afecta tener dos pagadores a la declaración de la renta, según un asesor fiscal: el mínimo exento se incrementa este 2026

Alonso Gómez, asesor fiscal sevillano, recomienda a los contribuyentes consultar siempre el borrador para comprobar si les compensa presentar la declaración de la renta: "Puedes estar perdiendo dinero"

Un asesor fiscal recomienda justificar estos gastos para ahorrar en declaración de la renta: "Asegúrate de que tu hermandad informa del pago de cuotas a Hacienda"

Los contribuyentes que obtengan rendimientos del capital mobiliario superiores a 1.600 euros también están obligados a presentar la declaración de la renta.
Los contribuyentes que obtengan rendimientos del capital mobiliario superiores a 1.600 euros también están obligados a presentar la declaración de la renta. / Freepik/@gomezantolinasesores

La declaración de la renta constituye el principal hito fiscal para los contribuyentes y un procedimiento esencial para la financiación de los servicios públicos. El Ministerio de Hacienda ya ha fijado las fechas para la campaña de Renta y Patrimonio correspondiente al año 2025, que comenzará el próximo 8 de abril. A partir de entonces, los ciudadanos dispondrán de casi tres meses para presentar su declaración, no obstante, es posible que a muchos les surjan dudas respecto a este proceso, en especial si se trata de la primera vez que realizan la declaración o se tiene más de un pagador.

Entre los trabajadores por cuenta ajena, el mínimo exento de tributación por el IRPF es de 22.000 euros brutos con un solo pagador. Del mismo modo, los trabajadores que hayan obtenido rentas del trabajo por encima de los 15.876 euros provenientes de dos o más pagadores estarán obligados a presentar la declaración de la renta. "El cómputo del resto de pagadores diferentes del principal debe ser superior a 2.500 euros", explica el asesor fiscal sevillano, Alonso Gómez (@gomezantolinasesores). Esta es una de las novedades con respecto al año pasado, cuando el tope se situaba en 1.500 euros.

En este sentido, los contribuyentes deben asegurarse de declarar todos sus rendimientos en el momento de revisar el borrador. En caso de haber estado en nómina para diferentes pagadores a lo largo de 2025, "los certificados de retenciones, que deben facilitarte las empresas, es suficiente para confirmar los datos", indica Gómez. Por otro lado, este asesor invita a los contribuyentes a revisar siempre el borrador de la declaración, aunque no estén obligados a presentar la renta: "Puedes estar perdiendo dinero y Hacienda no te va a avisar".

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración de la renta en 2026?

Aparte de los trabajadores asalariados con cierto nivel de ingresos, existen otros colectivos con obligación de presentar la declaración de la renta. Por ejemplo, los autónomos deben realizarla siempre, independientemente de su volumen de facturación. Además, "Hacienda va a controlar de forma mensual los Bizum que reciben empresas y profesionales a partir de la información suministrada por los bancos", una medida de la que quedarán exentos los particulares.

Por su parte, los preceptores de la prestación por desempleo no estarán obligados a presentar la declaración de la renta correspondiente al año 2025, tras la publicación en el BOE de un Real Decreto Ley de medidas económicas el pasado mes de diciembre.

En cuanto a los rendimientos del capital mobiliario, Gómez recuerda que deben declarse los dividendos empresariales por encima los 1.600 euros. Mientras, en caso de haber recibido subvenciones, "hay que declarar algunas si superan los 1.000 euros".

Finalmente, Hacienda ha confirmado asimismo el incremento del 28% al 30% en el tipo del tramo máximo sobre la base del ahorro. "Esto implica una mayor penalización a los beneficios generados mediante, por ejemplo, la venta de un inmueble, para las personas con mayor poder adquisitivo", indica el asesor fiscal.

"Las sanciones no están condicionadas a grandes fraudes"

A la hora de presentar la declaración de la renta deben incluirse todo tipo de ingresos más allá de los rendimientos del trabajo, desde las ganancias en bolsa hasta el alquiler de una propiedad. "Hay ayudas o prestaciones que están exentas, pero en general, cualquier ingreso por un servicio o la venta de un producto se debe declarar", puntualiza Gómez.

En este sentido, omitir la declaración de cualquier rendimiento es susceptible de acarrear una multa por parte de Hacienda: "Las sanciones no están condicionadas a grandes fraudes, ya que puedes ser un pequeño contribuyente, y por realizar mal tu renta puedes recibir una sanción". En estos casos, la Agencia Tributaria requerirá información al contribuyente y propondrá una multa de entre el 50% y el 150% del importe no declarado, según la gravedad.

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