Cómo saber si me corresponde alguna ayuda del SEPE

El SEPE tiene un amplio paquete de ayudas económicas para múltiples circunstancias, entre las que destacan el desempleo o los autónomos

Qué es el subsidio de desempleo por agotamiento y cómo solicitarlo

Ayuda de 3.000 euros del SEPE para mayores de 45 años: requisitos y cómo solicitarla

Cómo saber si me corresponde alguna ayuda del SEPE
Cómo saber si me corresponde alguna ayuda del SEPE
Redacción

14 de mayo 2024 - 07:00 Actualizado: 10 de abril 2025 - 17:13

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) renueva todos los años su paquete de ayudas públicas mediante nuevas convocatorias. Por lo tanto, existen numerosas prestaciones dependiendo de la situación personal y laboral de cada persona.

En su página web, podemos ver los requisitos necesario para recibir alguna de estas ayudas. Asimismo, una vez presentada la solicitud, el SEPE está obligado a dictar resolución expresa en cada uno de los procedimientos y enviarle una notificación a la persona interesada conforme esta ha sido aceptada o denegada.

Ayudas del SEPE por desempleo

En primer lugar, vamos a ver los subsidios por desempleo que ofrece el SEPE para este año 2025:

  • Personas que han trabajado más de un año. Podrán beneficiarse de esta prestación contributiva las personas que, pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva. Así como también aquellos que vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un 10% y un 70%.
  • Personas mayores de 52 años. Pueden recurrir a un subsidio por desempleo los mayores de 52 años, siempre que hayan agotado la prestación contributiva. En este caso, la cuantía mensual es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).
  • Personas víctimas de violencia de género o sexual. Podrán solicitar la reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario, la suspensión temporal de la relación laboral con reserva del puesto de trabajo o su extinción definitiva. Tanto la suspensión como la extinción se considerarán situación de desempleo involuntario, lo que permite solicitar y cobrar la prestación contributiva o subsidio por insuficiencia de cotización, siempre que se reúna el resto de requisitos exigidos con carácter general.
  • Personas afectadas por un ERE o ERTE. La prestación por desempleo se percibe tras la pérdida involuntaria, definitiva o temporal de un empleo, o tras la reducción de la jornada diaria de trabajo, medidas decididas por el empresario y comunicadas a la autoridad laboral, o autorizadas por ésta, o adoptadas por resolución judicial en procedimiento concursal. En caso de despido colectivo, la entidad gestora ingresará las cotizaciones a la seguridad social, asumiendo la aportación empresarial, y descontando de la cantidad a abonar al trabajador su aportación a la seguridad social.
  • Personas trabajadores al servicio del hogar. En estos casos, las bases de cotización para desempleo serán las correspondientes a las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
  • Personas trabajadores del campo. Existen prestaciones por desempleo de nivel contributivo o asistencial, siendo la duración de los subsidios la misma que para el resto de personas trabajadoras del régimen general. También existe un subsidio para personas trabajadoras eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, incluido el subsidio especial de las personas trabajadoras mayores de 52 años, o, en su caso, por la renta agraria, en favor de las mismas personas, considerando a la persona trabajadora como eventual agraria.

Ayudas para emprendedores y autónomos

El SEPE destaca las dificultades a los que se enfrentan los autónomos como " un entorno laboral, fiscal, regulatorio y financiero que hacen complejo su capacidad de adaptación a los cambios". Por ello, tienen un interesante paquete de ayudas para este colectivo:

  • Reducciones y bonificaciones de la Seguridad Social: se aplica según unas circunstancias específicas, como puede ser la situación de maternidad o paternidad, inicio de una actividad por cuenta propia o situación de pluriactividad.
  • Ayudas ICO: el Instituto de Crédito Oficial ofrece un catálogo de líneas de mediación disponibles para financiar tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez de autónomos y empresas.
  • Ayudas de Comunidades Autónomas: en el caso de Andalucía, las ayudas pueden encontrarse visitando su web.

Cómo consultar el estado de la prestación por desempleo

Lo primero que hay que hacer para consultar el estado de la prestación es acceder a la sede electrónica del SEPE. Una vez ahí, los pasos son los siguientes:

  • Acceder a la pestaña de procedimientos y servicios.
  • Seleccionar personas.
  • Seleccionar consulta los datos y recibo de su prestación.
  • Seleccionar consultas de la prestación.
  • Seleccionar Pin Teléfono Móvil.
  • Introducir el NIF/NIE y el número de teléfono.
  • Teclear la contraseña que se recibe por SMS.
  • Comprobar la cuantía y la duración de la prestación en caso de haber sido aprobada.

La administración recalca que el período límite para encontrar una resolución a su petición está marcado en tres meses y transcurrido ese tiempo puede considerarse como una solicitud denegada.

¿Cuáles son los requisitos de 2025 para solicitar el subsidio de desempleo por agotamiento?

Este año, el SEPE ha pautado una serie de requisitos para ser beneficiario de esta prestación de 570 euros durante los primeros 180 días; 540 euros hasta el día 360; y, finalmente, 480 euros hasta un máximo de 30 meses. Para ello, es necesario cumplir las siguientes condiciones:

  • Estar en situación de desempleo total o parcial.
  • Haber agotado una prestación contributiva por desempleo después del 1 de noviembre de 2024.
  • Firmar el compromiso de actividad.
  • Carecer de derecho a prestación contributiva.
  • No encontrarse en situación de incompatibilidad.
  • Acreditar cese involuntario en el último trabajo.
  • Presentar la declaración responsable de rentas e ingresos, así como demostrar la carencia de rentas propias o responsabilidades familiares.
  • Mantener la inscripción como demandante de empleo.
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