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La seguridad social cambia el pago de la ayuda por hijo a cargo en julio

Prestaciones

Las familias recibirán el cobro correspondiente al próximo semestre a partir del 1 de julio

Los beneficiarios de la prestación por hijos a cargo fueron los primeros en recibir el Ingreso Mínimo Vital

Una oficina de la Seguridad Social
D. S.

25 de junio 2021 - 11:47

El 1 de julio. Esa es la fecha en la que las familias con hijos a su cargo recibirán este año el pago de la ayuda que asigna la seguridad social. Incluso podrán contar con el dinero en sus cuentas bancarias antes, los últimos días de este mes de junio, en función de la celeridad con la que sus respectivas entidades den salida a esas órdenes ya establecidas.

A finales de la semana pasada el Instituto Nacional de la Seguridad Social (@Incluinfo) hacía oficial algo que llevaba cierto tiempo gestándose y que servirá para aliviar las economías de estas familias, que se cifran por más de 75.000 y que con la entrada en vigor del Ingreso Mínimo Vital vieron cómo está retribución se les incluía por dicha vía y se cortaba el acceso a más prestatarios, excepto si no encontrábamos con casos de hijos (o menores acogidos) de menos de 18 años con una discapacidad de al menos un 33% o hijos adultos con una discapacidad del 65%.

¿Cuánto dinero se recibe en la ayuda por hijo a cargo?

La ayuda por puntos, como se conoce a esta prestación, se trata de una ayuda asistencial, por lo que no se exige haber cotizado para pedirla. Se realiza semestralmente, en enero y julio, en el caso de menores de 18 años, y mensualmente, a mes vencido, cuando se trata de mayores de edad afectados por discapacidad.

La ayuda se ejecuta semestralmente, en enero y julio, en el caso de menores de 18 años, y mensualmente, a mes vencido, para discapacitados mayores de edad

Las personas que reciben esta ayuda y aún no se les ha comunicado la aprobación del Ingreso Mínimo Vital o se les ha denegado o no lo han solicitado la seguirán percibiendo con normalidad, siempre dependiendo de las circunstancias que les acompañen, respecto a la edad y el grado de discapacidad del hijo que tienen a cargo, en los siguientes términos:

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