Infraestructura judicial

Los jueces piden al Ministerio de Justicia que no convierta un juzgado de lo Contencioso en uno de lo Social

  • Consideran que no tiene sentido la transformación del Contencioso Administrativo 14 en un juzgado de lo Social

  • Recuerdan la alta carga de trabajo en la jurisdicción contencioso administrativa en Sevilla por ser la capital de Andalucía

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Edificio de los juzgados de Viapol

Edificio de los juzgados de Viapol / M. G.

La Junta Sectorial de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Sevilla considera que la propuesta del Consejo General del Poder Judicial de transformar el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 en un Juzgado de lo Social "carece actualmente de sentido" y no "puede entender que justifique" ese planteamiento en la "carga de trabajo que soportan los juzgados de lo Contencioso Administrativo de Sevilla".

Los jueces recuerdan que los datos estadísticos que ofrece el CGPJ para "justificar su apoyo a la conversión del juzgado, obvia un dato que es necesario destacar: la distribución de competencias en la jurisdicción contencioso-administrativo provoca que todos los procedimientos más complejos en determinadas materias se asignen a los juzgados de la capital de la comunidad autónoma".

Afirman que el hecho de que Sevilla sea la capital de la comunidad autónoma hace que asuntos relativos a grandes obras públicas, tales como el metro o las autovías, urbanismo y subvenciones se asignan a Sevilla porque "dimanan de decisiones de los órganos de gobierno centrales de la Junta de Andalucía". Por tanto, el "exclusivo dato numérico podría servir para analizar la carga de trabajo de otras sedes, pero no para la de Sevilla, cuyos procesos son especialmente complejos en comparación con el resto de localidades".

"En segundo lugar, Sevilla ingresa un número de asuntos que la coloca en el puesto ocho de las doce sedes de Andalucía y en el 32 de los juzgados contencioso-administrativo de España. Por tanto, no encontramos motivos para que esta medida se aplique exclusivamente en Sevilla y no en otras localidades que tienen similar o menor carga de trabajo". Para ello, ha puesto como ejemplo Burgos (438), Cádiz (433) y Albacete (411), frente a los 386 de Sevilla.

Asimismo, la Junta Secorial destaca que los informes que la Junta de Andalucía elaboró para solicitar la transformación "se emitieron por razón de unos objetivos y necesaidades de espacio que ya ha solucionado, pudiendo en la actualidad asumir la creación de un Juzgado de lo Social número 14 sin supresión del JCA nº14", de modo que "comparte y apoya plenamente la nueva propuesta de la Junta de mantenimiento de este último".

Otra razón esgrimida por la Junta Sectorial es que si según el CGPJ el tiempo medio de respuesta de los Juzgados de lo Contencioso administrativo de Sevilla fue de 7,9 meses en 2021, "resulta difícil entender que los responsables de la Administración de Justicia no aspire a disminuir esos plazos para ofrecer al ciudadano una respuesta eficiente y ágil". Además, la supresión de un JCA, "con el consiguiente aumento de los plazos de respuesta en la celebración de juicios y ejecución de sentencias, provocará que aumente el gasto en intereses de demora que deberá pagar la Administración cuando haya sido condenada".

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