El tercer juicio de Invercaria

Arranca el tercer juicio de Invercaria con dudas sobre su celebración

  • La enfermedad del ex presidente de la sociedad Tomás Pérez-Sauquillo puede provocar la suspensión de la vista, aunque hay otras opciones

El ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, a la derecha, con su abogado en la Audiencia de Sevilla.

El ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, a la derecha, con su abogado en la Audiencia de Sevilla. / Juan Carlos muñoz

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha fijado para este lunes el inicio del tercer juicio de la macrocausa de Invercaria, que sienta en el banquillo a cuatro ex directivos de la sociedad pública de capital riesgo en relación con los salarios y préstamos recibidos durante su relación laboral con la empresa, en la que se ha denominado "pieza de personal" de la macrocausa. La enfermedad del principal acusado, el ex presidente de la sociedad Tomás Pérez-Sauquillo, que ha sido intervenido quirúrgicamente de una grave dolencia, puede provocar la suspensión de la vista oral, aunque el tribunal puede barajar otras opciones como permitir que este acusado sólo asista a determinadas sesiones del juicio o, incluso, decidir continuar el procedimiento contra los otros tres acusados, a la espera de que pueda celebrarse la vista contra el ex presidente de la sociedad cuando su estado de salud lo permita.

Todos estos extremos tendrán que analizarse al inicio de la vista oral y antes de que las defensas planteen las cuestiones previas al inicio de este juicio, que es el tercero de la macrocausa de Invercaria, después de que en julio pasado otra sección de la Audiencia absolviera a la diseñadora Juana Martín y Pérez-Sauquillo en relación con el préstamo de 850.000 euros que recibió la modista. En el otro juicio celebrado, que está a la espera de que el Tribunal Supremo resuelva los recursos, Pérez-Sauquillo ya fue condenado a tres años y medio de cárcel.

La Fiscalía Anticorrupción atribuye a los acusados delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, y ha solicitado una condena de seis años de prisión y nueve de inhabilitación para el ex presidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo; la misma pena de cárcel para el ex director financiero Antonio Nieto Garrido; y tres años y medio de prisión para los ex directores de Promoción Cristóbal Cantos y Juan María González Mejías, sobrino del ex presidente del Gobierno Felipe González.

Además, en concepto de responsabilidad civil reclama que Juan María González abone 29.928,25 euros; 12.960 euros en el caso de Cristóbal Cantos; 232.446,32 euros Antonio Nieto; y 90.224,16 euros a Tomás Pérez-Sauquillo.

La agencia IDEA, que ejerce la acusación particular, sólo acusa a Pérez-Sauquillo y a Antonio Nieto, a los que solicita seis años de cárcel, mientras que Invercaria acusa también a estos dos procesados pidiendo una condena de cinco años para cada uno. Y la acusación popular que ejerce el PP-A pide seis años para estos acusados y también para Juan María González, y exculpa a Cristóbal Cantos, como ya hizo en el anterior juicio de Invercaria por las ayudas a Juana Martín.

Dice el fiscal en su escrito de conclusiones provisionales que Tomás Pérez-Sauquillo fue designado presidente del consejo de administración en abril de 2005 y, a partir de ese momento, "con manifiesto abuso de las facultades delegadas, apartándose por completo del procedimiento legalmente establecido y sin respetar las limitaciones establecidas por la legislación vigente, no sólo decidía a qué personas se iba a contratar, sino que, además, decidía el salario que correspondía a cada trabajador y las variaciones que tales salarios iban a experimentar en cada año". Esta actuación, según el fiscal, la hacía "al margen de todo procedimiento, sin otra razón de ser que su propia voluntad e incumpliendo de manera consciente y deliberada los requisitos que le marcaba la legislación vigente".

Fijaba los salarios "de manera absolutamente libérrima"

Entre las irregularidades, señala que ninguno de los contratos suscritos entre 2005 y 2010 contó con el informe previo de la dirección general de Presupuestos de la Consejería de Economía y Hacienda, pese a que era un "requisito imprescindible" según las leyes de Presupuestos; y los salarios que Pérez-Sauquillo asignaba a cada trabajador eran fijados por él "de manera absolutamente libérrima, sin que existiera convenio colectivo entre empresa y trabajadores, ni hubiera establecido unas tablas salariales que le permitieran determinar el salario de manera objetiva en función de la cualificación profesional de cada empleado y de las responsabilidades que se le encomendaban".

Además, entre los ejercicios de 2006 a 2010 no respetó los límites que las sucesivas leyes de Presupuestos establecían para los incrementos salariales que podían tener los empleados de Invercaria, en cuanto eran empleados del sector público andaluz, "superándose con creces en todos esos ejercicios los límites que marcaban las respectivas leyes".

El fiscal señala que Pérez-Sauquillo, que tenía un salario de 108.182 euros en su contrato de alta dirección, "decidió enriquecerse a costa del patrimonio" de la sociedad y con "manifiesto abuso de las funciones que le correspondían", por lo que se incrementó de manera "notable e injusta" su sueldo, "con completo desprecio por los límites" de las leyes de Presupuesto y "sin más fundamento que el de enriquecerse de manera injusta a costa del patrimonio de dicha entidad pública". Así, cobró 142.552,44 euros en el año 2007; 152.006,37 euros en 2008 y 140.472,48 euros en 2009 "sin ningún motivo objetivo que justificase esos incrementos salariales" y a pesar de que las leyes de presupuestos sólo permitían una subida salarial del 2% para los empleados del sector público. Según el fiscal, las cantidades máximas que debió cobrar esos años ascendían a 112.552,55 euros; 114.803,60 euros y 117.450,98 euros.

La Fiscalía Anticorrupción añade que Pérez-Sauquillo contrató en 2006 a Antonio Nieto, a quien le unía un "importante vínculo personal" para que trabajara como técnico y todo ello "a pesar de conocer que carecía de la formación y de la experiencia necesaria", asignándole un salario bruto anual de 26.000 euros, que después incrementó al nombrarle director económico-financiero de Invercaria, abonándole la sociedad 60.000 euros en 2007; 99.954,71 euros en 2008; 106.229,42 euros en 2009; y 75.098,18 euros en 2010 todo ello, igualmente, "sin ningún motivo objetivo que justificase esos incrementos salariales".

En cuanto a la acusación contra los ex directores de Promoción Juan María González y Cristóbal Cantos, la Fiscalía les atribuye su presunta participación en los delitos en relación con la condonación de unos préstamos que la sociedad de capital riesgo les había concedido como trabajadores de la misma cuando se marcharon de sus puestos. Así, recoge que Juan María González fue contratado el 1 de julio de 2005 como director de Promoción del Observatorio de Innovación y Participación de la Consejería de Innovación, con un sueldo bruto anual de 60.100 euros

A su salida de Invercaria, en julio de 2007, Juan María González tenía que devolver 27.406,25 euros de préstamo, pero Perez-Sauquillo y Antonio Nieto, "tomaron la decisión de permitir que no devolviera el importe del préstamo que estaba pendiente a la fecha de la extinción laboral, consintiendo así que éste se enriqueciera de manera manifiestamente ilícita en detrimento de los fondos públicos de Invercaria". Y en este sentido, añade el Ministerio Público, que estos tres acusados "conocían la manifiesta ilicitud de esta condonación del préstamo y que ello provocaría un menoscabo de los recursos económicos públicos de Invercaria".

Para ello, prosigue, concibieron la idea de "incluir unas partidas absolutamente mendaces en el recibo del salario de Juan María González de octubre de 2007 y en el finiquito de la relación laboral, para así crear la falsa apariencia de que el saldo resultante de lo que el trabajador debiera percibir por el trabajo desempeñado coincidía con la cantidad que éste aún debía devolver a Invercaria por el préstamo que le había sido concedido", incluyéndose horas extra y finiquito que "carecían de todo respaldo legal o contractual y que no respondía a la realidad de los servicios prestados ni a las consecuencias que debieron derivarse de la extinción de la relación laboral".

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