Caso Minas de Riotinto

La Audiencia de Sevilla da diez días al ex director de minas de Riotinto para entrar en prisión

  • Fue condenado, en sentencia confirmada por el Supremo, a un año y tres meses de prisión y al pago de 320.127 euros

Carlos Estévez, en 2003 cuando era consejero delegado de Minas de Riotinto

Carlos Estévez, en 2003 cuando era consejero delegado de Minas de Riotinto

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha emitido una diligencia de ordenación para que el ex director de Minas de Riotinto, Carlos Estévez Ruiz, ingrese voluntariamente en prisión en el plazo de diez días ante la "imposibilidad" de citarlo. "En caso de incomparecencia, se decretará la busca y captura para cumplimiento de la pena de prisión impuesta en sentencia".

Según la sentencia publicada por la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla en 2018, el ex director de Minas de Riotinto, como consejero delegado de la entidad y teniendo conocimiento de que la empresa iba a entrar en liquidación, contactó con Shorthorn Limited, compañía suiza con sede en Zurich, dedicada a la intermediación mundial en la compraventa de minerales, y mantuvo distintas reuniones, desde octubre de 2003 a abril de 2004, para que prestara apoyo financiero en la subasta de los activos de la mina.

Carlos Estévez, fue condenado, en sentencia confirmada por el Supremo, por un delito continuado de apropiación indebida y en concurso con otro de falsedad en documento mercantil con la agravante de continuidad delictiva y la atenuante de dilaciones indebidas a un año y tres meses de cárcel. Además se le impuso una  indemnización de 320.127 euros que se corresponde con facturas falsas a empresas que, o no existían o nunca habían contratado con la compañía que explotaba la mina. 

La sentencia indica que: "Según lo convenido por ambas partes, el primer paso era adquirir los activos que, de la explotación minera, sacaría a subasta pública la comisión liquidadora de la entidad en suspensión de pagos Minas de Riotinto", precisaba la Audiencia, detallando que Carlos Estévez "indicó a la entidad Shorthon Limited (representada por el letrado Miguel Salas, de Salas y Donaire) la necesidad de obtener la cantidad de 300.000 euros para acudir a la subasta, cantidad que fue entregada por la entidad más 35.600 euros, para impuestos y transmisiones, que fueron efectivamente destinados" a dichos aspectos.

Con relación a "las empresas que iban a adquirir los activos de la sociedad suspensa", la Audiencia declaraba que "de los 8.510.146,08 euros enviados por Shorton a IEG, 5.440.239,95 fueron a su vez transferidos a MSA" y "el resto, es decir 2.262.864,49 euros, constan las cantidades y conceptos a que fueron destinadas", mientras "del dinero que entró en las cuentas de MSA, 320.127,56 euros, se facturó a empresas que no existían o que existiendo nunca contrataron con MSA, siendo falsas las facturas emitidas, realizadas en los ejercicios 2004 y 2005".

Por tales hechos, Carlos Estévez Ruiz de Castañeda y Luis Arias Fontal fueron condenados como autores de un delito de apropiación indebida en relación de concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil.

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