delitos de robo y atentado a la autoridad

La Audiencia confirma la prisión de un ladrón para el que la Fiscalía pidió la libertad bajo fianza

El camión robado y el patrullero de la Policía Nacional.

El camión robado y el patrullero de la Policía Nacional. / DGP

Seguirá preso por el riesgo de fuga y de reiteración delictiva. La Audiencia de Sevilla ha confirmado que el ciudadano de origen portugués, M. C. R. M., de 41 años, que fue encarcelado el pasado 9 de abril después de haber robado un camión y embestir contra un patrullero de la Policía Nacional seguirá preso, a pesar de que en dos ocasiones la Fiscalía ha pedido ya su excarcelación, la primera vez bajo fianza de 3.000 euros. La Audiencia avala la decisión de la instructora, que consideró que debía seguir preso para evitar la "sensación de impunidad" ante estos delitos.

La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha confirmado la decisión del juzgado de Instrucción número 18 de Sevilla, "no sólo por la existencia de indicios de comisión de múltiples hechos delictivos, sino porque ha de tenerse en cuenta que el recurrente se encuentra privado de libertad desde el día 9 de abril de 2021, esto es no hace ni dos meses, no nos consta que la instrucción esté finalizada, y consideramos que existe riesgo de elusión de la acción judicial por una parte, y por otra (y  compartimos el parecer de la señora magistrada) riesgo de reiteración delictiva".

El tribunal advierte de que hay "severos indicios" de la participación del investigado en hasta siete delitos -dos de robo, otro de falsedad de las placas de matrícula, conducción temeraria, delito de atentado a la autoridad con medios peligrosos y dos delitos de lesiones leves" por las heridas que sufrieron los dos agentes que lo arrestaron.

La abogada que ejerce la acusación particular, Mónica Gallardo Bejarano, que representa a la empresa propietaria del vehículo sustraído, se opuso a la petición de libertad, argumentando la peligrosidad del investigado y la gravedad de los hechos que se le imputan, algo que ha acreditado la Audiencia.

Peligro de atropello de niños y disparo a las ruedas

Los magistrados recuerdan que los hechos tuvieron lugar en un periodo muy corto de tiempo, en sólo 12 horas, entre las cuatro de la madrugada y las cuatro de la tarde del 8 de abril, cuando el sospechoso llama la atención de los agentes la circulación de un "camión a contra mano por una de las calles de la Barriada de Torreblanca (calle Encina) con el lateral izquierdo de la zona de carga con un agujero de grandes dimensiones con la chapa doblada. Es cuando advierten tal hecho que deciden seguir al camión y se inicia la persecución por diversas calles de la citada barriada y luego por una zona chabolista en que el camión acelera golpeando algún vehículo aparcado, arremetiendo y chocando en diversas ocasiones contra el patrullero cuando se ponía a su altura, pasando a gran velocidad por zona donde había peatones y niños, generando el consiguiente peligro, llegando a meterse incluso por un sembrado hasta chocar contra un muro de hormigón e impactando con el vehículo policial que estaba en paralelo y quedó inservible de los golpes recibidos".

Para evitar que el investigado maniobrase y emprendiera la huida al volante del mismo arrollando al coche patrulla, uno de los agentes tuvo que disparar contra una rueda del camión,  pero la persecución no terminó ahí puesto que el investigado se dio a la fuga hasta que pudo ser alcanzado y reducido tas oponerse lanzando "puñetazos y patadas". Dos agentes resultaron heridos durante la captura.

La naturaleza de los hechos en los que se encuentra involucrado, "la ausencia de acreditación de esa situación de arraigo que se menciona (se dice que cuenta con familia e hijo con las que se ignora sin convive, ni se sabe que tenga ocupación o trabajo), la propia existencia varias requisitorias de búsqueda en su contra por distintos órganos, lleva a considerar en estos momentos que el riesgo de elusión de la acción judicial es alto, como alto también el riesgo de reiteración delictiva, circunstancias que por el momento aconsejan el mantenimiento de la situación de prisión en que se encuentra", razona la Audiencia.

Por su parte, la Fiscalía de Sevilla consideró que no se daban los motivos para mantener la prisión provisional incondicional, debido a que "no existe prueba instructora que pueda ser perjudicada por la puesta en libertad del investigado, quien tiene domicilio conocido, y los hechos, pese a que tienen cierta gravedad, al tratarse de delitos de conducción temeraria, falsedad documental y delitos leves de lesiones y daños, no son de tal magnitud que por sí solos impliquen la necesidad de mantener la prisión provisional por el peligro de fuga que puede suponer la pena a imponer". Sobre la fianza solicita, la Fiscalía señalaba que es una medida que "facilita los intereses de las víctimas en el proceso".

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