Homicidio imprudente en Alcalá de Guadaíra

Devuelven al juzgado de instrucción la causa por la muerte de una familia intoxicada

  • El juzgado de Instrucción no dio traslado a la compañía aseguradora para que presente su escrito de defensa como responsable civil directo.

La vivienda donde se produjo la tragedia

La vivienda donde se produjo la tragedia / josé ángel garcía

El juez de lo Penal número 4 de Sevilla ha devuelto al juzgado de Instrucción de Alcalá de Guadaíra la causa por la muerte, en diciembre del año 2013, de los tres miembros de una familia de esta localidad que inhalaron fosfina procedente de unos tapones de plaguicidas. La decisión del juzgado se produce por un defecto formal, una vez que el magistrado ha constatado que no se ha dado traslado a la compañía aseguradora AIG Europe para que ésta presente el correspondiente escrito de defensa en su condición de "responsable civil directo".

El juzgado se ha percatado de esta deficiencia después de que la acusación particular solicitara al juez de lo Penal número 4 de Sevilla que fijara la celebración del juicio "a la mayor brevedad posible", teniendo en cuenta las "especiales circunstancias" que concurren en este caso y la "gravedad de unos hechos" que, según el letrado de la acusación habían generado un "alarma" tanto en la localidad de Alcalá de Guadaíra como fuera de ella.

El juez ha devuelto ahora la causa al juzgado Mixto número 2 de Alcalá de Guadaíra para que proceda a dar traslado a la compañía aseguradora, lo que supondrá un nuevo retraso en la fijación del juicio.

Por estos hechos, la Fiscalía reclama una condena de cuatro años de cárcel para las tres personas que han sido acusadas por la muerte en diciembre de 2013 de los tres miembros de la familia de Alcalá que inhalaron fosfina. El escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Público imputa a los tres acusados, dos trabajadores de la empresa Alansu y el responsables de la chatarrería Reciclados Nivel -a los que se vendió de manera irregular una partida de tapones-, un delito contra el Medio Ambiente en concurso ideal con tres delitos de homicidio imprudente, por los que reclama esa condena de prisión, así como el pago de indemnizaciones que suman los 820.000 euros, de los cuales la mayor cuantía -720.000 euros- se solicitan para una hija del matrimonio compuesto por Enrique Caño y Concepción Bautista que también resultó intoxicada pero no falleció, y los restantes 100.000 euros para otros cinco hijos que Enrique Caño tenía de otras relaciones anteriores.

La Fiscalía considera que los tres acusados, M. R. S. M., empleada de Alansu, M. T. R., mozo de almacén de la misma empresa, y P. A. G. C., administrador de Reciclados Nivel, eran conscientes de que los envases de aluminio contaminados eran "residuos peligrosos que debían gestionarse por una empresa autorizada para ello", y también del "grave riesgo para la salud de las personas que implicaba extraerlos del procedimiento de gestión establecido legalmente".

Reciclados Nivel, prosigue la acusación pública, carecía de autorización para la gestión de estos residuos, pero en mayo de 2013 llegó a un acuerdo con la encargada de Alansu para la retirada de 880 kilos de botes de aluminio, y a principios de diciembre de 2013 -el fiscal apunta que sería el día 3 o el 4- fue retirada otra partida de 198 kilos de aluminio contaminados, a los que posteriormente les fueron retiradas las etiquetas como los tapones de seguridad de plástico, que fueron vendidos el 13 de diciembre a una empresa de Alcalá autorizada para la gestión de residuos no peligrosos y cuyos responsables "desconocían el origen real de dichos envases".

En la sede de Reciclados Nivel quedaron dentro de dos sacos tanto parte de las etiquetas como los tapones de seguridad de plástico, los cuales fueron entregados varios días antes del 13 de diciembre a Enrique Caño "considerando que carecía de valor" y dado que esta persona era un cliente habitual que acudía a vender chatarra y otros efectos, y que aceptó los tapones "desconociendo su peligrosidad".

Enrique Caño llevó los tapones a su domicilio, ubicado en la calle Pesadora de Alcalá, donde los depositó dentro de los sacos en una bañera de uno de los cuartos de baño de la vivienda en la que almacenaba todo tipo de efectos que iba a vender posteriormente, puesto que esa bañera no era utilizada por su esposa, Concepción Bautista, ni por sus dos hijas menores de edad.

El relato de la Fiscalía precisa que en la tarde del 12 de diciembre, una de las niñas, la que posteriormente sobrevivió a la tragedia familia, dejó en un barreño agua y lejía en la bañera con la finalidad de "decolorar una zapatilla, junto a los sacos que contenían los tapones de los envases Eurofume y Gastoxim B que había depositado allí su padre".

Como consecuencia de la "humedad ambiental" generada en el cuarto de baño "y/o a causa de alguna manipulación realizada por miembros de la familia sobre dichos tapones en la tarde del 13 de diciembre de 2013 -por ejemplo, su lavado-, se desencadenó una potente reacción química en los restos de fosfuro de aluminio existentes tanto en los tapones como en los sacos, liberando fosfuro de hidrógeno (fosfina)" que inhalaron estas personas  durante varias horas y provocó la muerte del matrimonio y de una de las hijas.

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