caso de los ERE

El Supremo acerca aún más a Griñán a la prisión al rechazar la suspensión de la pena

Griñán y Chaves reciben en la Audiencia la notificación de la condena de inhabilitación / Antonio Pizarro

Un paso más que acerca a Griñán a la cárcel. La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado la suspensión de la ejecución de la pena que había solicitado la defensa del ex presidente de la Junta, en una diligencia de ordenación que firma la letrada de la Administración de Justicia del Alto Tribunal y en la que recuerda que el incidente de nulidad "no suspende la ejecución de la sentencia".

El ex presidente de la Junta José Antonio Griñán, tal y como ha adelantado este periódico, había pedido a la Sala Segunda que resolviera "a la mayor brevedad posible" el incidente de nulidad planteado contra la sentencia que ratificó su condena de seis años de cárcel y, de esta forma, respondiera a la petición de suspensión de la ejecución de la pena.

El Supremo ha respondido ahora que el incidente de nulidad de actuaciones "no suspende la ejecución de la sentencia, debiendo en su caso ser solicitada ante el órgano encargado de la ejecución de la misma", en este caso, la Audiencia de Sevilla, que ya resolvió ayer denegando dicha suspensión. Contra esta resolución, la defensa de Griñán puede presentar un recurso de reposición en el plazo de tres días.

El abogado José María Calero, que representa al ex presidente andaluz, remitió un escrito el pasado 11 de noviembre al Alto Tribunal -antes de que se conociera la decisión de la Audiencia que supone el inicio de la cuenta atrás para su ingreso en prisión-, en el que expresamente solicitaba a los magistrados el "impulso procesal" en relación con la solicitud de nulidad "presentada en tiempo y forma" el pasado 27 de septiembre.

En la respuesta de la letrada del Alto Tribunal, se especifica sobre el impulso procesal que las actuaciones se encuentran pendiente del transcurso del plazo concedido" en una diligencia de ordenación del pasado 24 de octubre. 

La defensa alegaba que "tras varias semanas desde aquel momento" no ha recibido "notificación de actuación alguna de inicio de tramitación del incidente de nulidad planteado y recibido", por lo que ruega a la Sala que, al amparo del artículo 24 de la Constitución Española "tenga a bien dar trámite a la solicitud para que pueda resolver a la mayor brevedad posibleal menos, respecto de la solicitud de suspensión de la ejecución de la sentencia que fue interesada en tiempo y forma al amparo del art. 241.2 Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)".

El abogado del ex presidente solicitaba "encarecidamente" al Alto Tribunal que acceda a dar impulso necesario en la tramitación del incidente de nulidad planteado y recibido, "para que por la Audiencia Provincial de Sevilla, una vez resuelta por esa Sala Segunda del Tribunal Supremo la petición sobre la suspensión de la ejecución de la sentencia, pueda atendiendo a la misma, resolver las peticiones que tanto las partes como el Ministerio Fiscal ya ha evacuado ante la misma sin merma de la legítimas iniciativas procesales iniciadas".

Por todo ello, la defensa solicita al Supremo que "acceda a lo solicitado y proceda a dar respuesta a la petición que como otrosí fue interesada la suspensión de la ejecución al amparo del 241.2 LOPJ", y el Supremo ha rechazado dicha suspensión.

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